¿Qué licencia de armas hace falta para cazar?
La tipo E para escopetas, que dan los Subdelegados del Gobierno, y la tipo D para armas largas rayadas de caza mayor, que da la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Son dos licencias distintas, y se confunden a menudo porque las dos las tramita la Guardia Civil:
| Tipo D | Tipo E | |
|---|---|---|
| Para qué | Armas largas rayadas de caza mayor | Escopetas y asimiladas |
| La concede | La Intervención de Armas y Explosivos del lugar de residencia | Los Subdelegados del Gobierno (y los Delegados en Ceuta y Melilla) |
| Cuántas armas ampara | Hasta 5 de la categoría 2ª.2 | Hasta 12 |
Regla para no liarse: D de rifle, E de escopeta, y la E permite más armas. El examen pregunta la tabla pieza a pieza —quién concede cada una y cuántas armas cubre—, así que no basta con saber cuál es cuál.
Dónde se piden
Las solicitudes de las dos se presentan en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado. Que la tipo E la conceda el Subdelegado del Gobierno no cambia dónde se entrega el papel: eso es lo que se falla.
Pueden expedirse a españoles y a extranjeros con residencia legal en España.
Tres cosas que se preguntan
- Para mantener la vigencia de las tipo D, los mayores de 60 años deben visarla cada dos años ante la autoridad competente. La E no arrastra ese visado por edad.
- Las licencias pueden revocarse si el titular tiene antecedentes penales o de conducta. No es solo el antecedente penal: también la conducta.
- Para obtener la licencia de tenencia y uso de armas largas rayadas de caza mayor o de escopetas hay que cumplir todos los requisitos, no solo alguno.
Dos exámenes distintos
Sí: hay que examinarse para obtener la licencia de armas de rifle o escopeta. Es un examen distinto del examen del cazador, con otro temario, otro tribunal y otra administración detrás. Aprobar uno no te exime del otro, y es la confusión más habitual de quien empieza.
La otra confusión va al revés: para sacar la licencia de caza de la Comunidad de Madrid no se exige tener la licencia de armas tipo E. Se puede cazar con arco, con galgo o con cetrería sin arma de fuego alguna. Lo que sí es imprescindible para la licencia de caza con armas es acreditar el seguro de responsabilidad civil del cazador.
Y una prohibición suelta
El uso de ballestas está prohibido para la caza. El arco sí; la ballesta no. Cae con frecuencia porque mucha gente las mete en el mismo saco.
Recuerda además que la guía de pertenencia de cada arma va contigo al campo: no vale llevar la licencia y dejar las guías en casa. Tienes el desarrollo en permisos y licencias de armas, con sus preguntas, y el detalle del seguro obligatorio.