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Una sola licencia, y tú eliges si dura uno o cinco años

Tema 5 · Documentación para el ejercicio de la caza. Licencias — Requisitos y vigencia de la licencia; Licencia única frente a clases A, B y C.

Qué es la licencia

Es nominal, intransferible y obligatoria para cazar en el territorio de la Comunidad Autónoma (art. 50.1 de la Ley 14/2010), y la expide la Consejería competente en materia de caza.

Tiene una excepción: los cazadores no residentes y no inscritos en el Registro de Cazadores de Extremadura pueden cazar sin ella en los supuestos de los artículos 57.2 y 72.3 —pruebas deportivas oficiales y cazadores tutelados—, y esas autorizaciones surten los mismos efectos que la licencia mientras duran.

Los cinco requisitos

El artículo 50.2 los enumera:

Fíjate en la letra e): la exención no es por edad a secas, sino por edad más vecindad administrativa en la región.

Vigencia: de uno a cinco años

El artículo 52.1 permite obtener la licencia por un periodo de uno a cinco años, y renovarla por un mínimo de un año y un máximo de cinco. O sea: cualquier número de años entre uno y cinco, a tu elección. No es «uno, tres o cinco»: esa horquilla cerrada es de otras comunidades y es una trampa clásica.

Única para todas las modalidades… con ruido

Hay dos normas que no dicen lo mismo.

La ley manda. El artículo 51.1, en la redacción de la Ley 9/2019 vigente desde el 10 de junio de 2019, dice que la licencia será única para todas las modalidades.

El reglamento va por detrás. El artículo 11 del Decreto 34/2016 es anterior a esa reforma y aún describe tres clases con recargos:

ClaseAutoriza a cazar con…Recargos
AArmas de fuegoAm para caza mayor y ojeo de perdiz
BArmas distintas de las de fuego y otros medios que no sean animalesBt para métodos de control de predadores
CAnimales: galgos y perros de persecución, rehalas, cetrería y reclamo de perdizCg, Cc, Cr, Cp según la modalidad

🔴 Qué hay que responder. Que la licencia extremeña es única para todas las modalidades, porque lo dice la ley y la ley prevalece sobre el reglamento. Las clases A, B y C son un resto no derogado del Decreto de 2016 que además sigue asomando en el cuadro de tasas de la Consejería. Es ruido normativo, no régimen vigente.

La tasa y sus rebajas

El sistema tiene dos niveles. La tasa la fija la ley de tasas y precios públicos de Extremadura, y la ley anual de presupuestos puede bonificarla, incluso al cien por cien y con carácter permanente. Aparte está la exención de los mayores de 65 años con vecindad en la región.

Hay además bonificaciones del 25 %, acumulables hasta el 100 %, para mujeres, menores de 30 años, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, federados y familias numerosas; solo se aplican a las licencias de un año. Los importes cambian: consúltalos en la página de licencia y tasas.

Cuando te la retiran

Puede retirarse por sentencia judicial firme o por resolución administrativa ejecutiva. Entonces hay que entregarla a la Dirección General competente en caza en diez días desde la notificación, o en el plazo que fije la resolución judicial. Terminada la inhabilitación, se puede solicitar su devolución.

En el examen: licencia nominal, intransferible y obligatoria. Exención de tasa: mayores de 65 con vecindad administrativa en Extremadura. Vigencia: de uno a cinco años, no «1/3/5». Es única para todas las modalidades (art. 51.1); las clases A, B y C son del reglamento de 2016 y están desfasadas. Retirada: entrega en diez días.

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