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La temporada de caza en Extremadura: cómo funciona el sistema de dos escalones

En Extremadura no hay orden de vedas anual. Desde 2022 el sistema tiene dos escalones: una Orden General de Vedas de vigencia indefinida —la de 22 de julio de 2024— que fija las especies, las modalidades, los horarios y las épocas máximas, y una resolución anual de la Dirección General que sólo pone los periodos y días hábiles concretos de cada temporada. Es lo que más despista de la normativa extremeña.

Esto es lo que entra en el examen, y no las fechas. El tema 10 del temario se llama «La Orden General de Vedas». Lo que se pregunta es qué norma fija qué, quién la aprueba y a quién hay que oír antes. Las fechas de una temporada concreta cambian cada año y no se preguntan.

Los dos escalones, uno por uno

Orden General de VedasResolución anual
Cuál esOrden de 22 de julio de 2024 (DOE nº 145, de 26/7/2024), con corrección de errores en el DOE nº 236, de 4/12/2024Resolución de la Dirección General con competencias en caza, una por temporada
Quién la apruebaLa Consejería, oído el Consejo Extremeño de CazaLa Dirección General
Cuánto duraIndefinida, «hasta que se publique una nueva»Una temporada
Qué fijaEspecies cazables, medios y modalidades permitidos, horarios, cupos, limitaciones y las épocas máximas dentro de las que se puede cazar cada cosaLos periodos y días hábiles concretos de esa temporada, y las especies cazables en ella

El cambio viene de la Ley 5/2022, que reescribió el artículo 44 de la Ley 14/2010. Antes había una orden de vedas cada año, como en casi toda España; desde entonces lo pesado está en una orden que no caduca y lo que se renueva cada primavera es sólo una tabla de fechas.

La contradicción del tema 10

Si estudias por el reglamento te vas a encontrar lo contrario: el artículo 128 del Decreto 34/2016 dice que la Orden General de Vedas tiene vigencia de una temporada, prorrogable. Está desfasado. El artículo 44.3 de la Ley 14/2010, tras la reforma de la Ley 5/2022, dice vigencia indefinida, y la propia orden de 2024 se declara vigente «hasta que se publique una nueva». Manda la ley: indefinida. Es una de las preguntas con trampa del temario, porque hay material de estudio por ahí con las dos versiones.

Las épocas máximas: esto sí está en la orden indefinida

La Orden de 2024 no da fechas, da marcos: meses dentro de los cuales la resolución anual tiene que encajar el periodo. Como están en la orden de vigencia indefinida, no caducan cada año.

QuéÉpoca máximaDetalle
Caza menor en generalDe octubre a enero Para la paloma, horario de 9:00 a 16:00, salvo en los pasos tradicionales de la comarca CEx-02 (Vera-Jerte-Ambroz)
Media vedaDe agosto a septiembre Codorniz al salto, y paloma torcaz y bravía, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro en puesto fijo. De 7:00 a 11:00 y a partir de las 17:00. Hay que respetar 100 m a los bebederos habituales
Prórroga de migratoriasDe enero a febrero Sólo en puesto fijo y cetrería. Palomas, zorzales, estornino pinto, grajilla y urraca; en cetrería además ánade real, pato cuchara, cerceta común y focha común
Caza mayor: montería, batida y ganchoDe octubre a febrero
Rececho: ciervo y gamoDe agosto a octubre En partes abiertas
Rececho: corzoDe abril a julio En partes abiertas
Rececho: cabra montésDe septiembre a mayo En partes abiertas
Rececho: muflónToda la temporada En partes abiertas

La tórtola europea mantiene la «cuota cero» como cupo de captura, adoptada por la resolución de gestión adaptativa de 2021. En la práctica, no se caza.

Por qué aquí no verás las fechas de esta temporada

Porque caducan y porque no queremos darte una fecha que no hemos comprobado. Los periodos y días hábiles vigentes son los de la Resolución de 23 de marzo de 2026 (DOE nº 60, de 27/3/2026), y hay un detalle que se le escapa a casi todo el mundo: una corrección de errores publicada en el DOE nº 62, de 31 de marzo de 2026, sustituyó la tabla entera. Quien se descargó la resolución la semana que salió tiene las fechas malas.

Búscala siempre en el Diario Oficial de Extremadura, y usa la tabla corregida. Si una web te da las fechas extremeñas sin mencionar la corrección, desconfía.

¿Y la ley, va a cambiar?

La Ley 14/2010 sigue vigente y sin tocar desde 2022. El 17 de septiembre de 2026 la Junta anunció en acuerdo de Gobierno que impulsará una reforma de la Ley de Caza y Pesca, pero está en fase cero: sin consulta pública, sin anteproyecto y sin fecha. Siendo realistas, nada en vigor antes de 2028. Cuando aparezca el anteproyecto lo contaremos aquí.

Fuentes: Orden de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de Extremadura (DOE nº 145, de 26/7/2024), arts. 1 a 5 y 11, y su corrección de errores (DOE nº 236, de 4/12/2024) · Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, art. 44, en la redacción de la Ley 5/2022 · Decreto 34/2016, art. 128 · Diario Oficial de Extremadura. Revisado el 28 de septiembre de 2026.