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El carné acredita que sabes; la licencia autoriza que caces

Tema 5 · Documentación para el ejercicio de la caza. Licencias — El Registro de Cazadores y el carné; Cazadores tutelados y licencia interautonómica.

Mucha gente los confunde y el examen lo aprovecha. Son dos documentos distintos, con vigencias distintas y trámites distintos.

El Registro de Cazadores de Extremadura

Es un registro administrativo de carácter público en el que se inscribe a quienes acreditan la aptitud y el conocimiento necesarios para cazar en Extremadura. Está adscrito a la Dirección General competente en materia de caza, que lo organiza y lo gestiona.

Su finalidad es inscribir el carné de cazador y las certificaciones de sus datos. Y de ahí sale la regla clave: la inscripción en el Registro es requisito indispensable para obtener el carné.

Qué guarda de cada persona: el número de incorporación —que coincide con el número de carné—, nombre y apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento, sexo (solo a efectos estadísticos), domicilio y contacto, la forma de acceso (si fue por examen, por curso o por un sistema homologado, con su fecha y lugar), la emisión y vigencia del carné, las clases de licencia y recargos, y las inhabilitaciones y retiradas de carné derivadas de resolución sancionadora o judicial firme.

La inscripción se pide a instancia del interesado. La baja se produce a solicitud propia o de oficio si no se renueva en plazo.

El carné de cazador

Un detalle muy práctico y muy preguntable: el carné de cazador, junto con el resguardo del pago de la tasa correspondiente al tipo de licencia, autoriza a cazar durante tres meses desde la fecha del pago. Es el puente mientras llega la licencia.

Las tres vías para acreditar la aptitud

La aptitud se obtiene por una de estas tres puertas, y las tres valen igual:

  1. El examen del cazador.
  2. El curso del cazador, que tiene los mismos efectos que el examen. La Federación Extremeña de Caza está expresamente homologada para impartirlo.
  3. La homologación del certificado de otra comunidad autónoma o de un país incluido en la lista oficial.

Ojo con la tercera: la lista es cerrada. Si vienes de Madrid, de Castilla y León o de Castilla-La Mancha, no estás homologado y tendrás que examinarte o hacer el curso.

Cazadores tutelados

Se puede cazar en Extremadura sin licencia si se va tutelado. Hay tres tutores posibles:

No es barra libre: la tutela tiene que cumplir los requisitos y condiciones que fija el reglamento, y la entidad organizadora responde por las acciones del cazador tutelado.

La licencia interautonómica

Es el documento único que permite cazar en todas las comunidades autónomas adheridas al convenio. Extremadura está dentro.

Cómo funciona:

En el examen: el carné acredita aptitud; la licencia autoriza a cazar. El carné dura diez años y su número tiene 13 dígitos. Estar inscrito en el Registro es requisito para obtener el carné. Carné más resguardo de la tasa = tres meses para cazar. Aptitud por examen, curso u homologación. Se puede cazar sin licencia si se va tutelado por titular de coto privado, organización profesional o entidad organizadora de una prueba deportiva.

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