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Los terrenos de todos: reservas, cotos regionales y un sorteo

Tema 9 · Regulación del ejercicio de la caza en terrenos bajo gestión pública, zonas de caza limitada y cotos — Reservas de Caza; Cotos Regionales de Caza; La Oferta Pública de Caza y el reparto de permisos.

⚠️ Tampoco este tema está en el manual oficial, que es de 2009 y se quedó en diez temas. Va escrito contra la Ley 14/2010 y el Decreto 89/2013.

En los terrenos cinegéticos bajo gestión pública la gestión del aprovechamiento no es del propietario del suelo: es de la Consejería (art. 17.1). Son dos clases y las dos tienen al frente un Director Técnico nombrado por la Consejería (art. 17.2).

Reservas de Caza

Espacios declarados por el Consejo de Gobierno de la Junta, a propuesta de la Consejería, en núcleos con posibilidades cinegéticas excepcionales, con la finalidad de promover, conservar, fomentar y proteger determinadas especies y sus hábitats. El aprovechamiento queda subordinado a esa finalidad y, en su caso, a criar para repoblar naturalmente otros terrenos (art. 18.1).

Los aprovechamientos ordinarios de una reserva pueden hacerse de tres maneras, según diga el plan anual: por canon de compensación, por oferta pública de caza o por subasta (art. 34.3 del Decreto 89/2013).

Cotos Regionales de Caza

Su titularidad también es de la Junta, pero la finalidad es distinta: facilitar el ejercicio de la caza en igualdad de oportunidades, con atención especial a los cazadores extremeños (art. 19.1). No es conservación, es acceso.

La Oferta Pública de Caza y el reparto de permisos

Es el mecanismo por el que un cazador cualquiera entra en estos terrenos. Se desarrolla anualmente (art. 27.1) y el listado de acciones ofertadas —modalidad, número de cazadores por acción colectiva, terreno y permisos por grupo— se aprueba por la Consejería y se publica antes del sorteo, con anuncio previo en el DOE (art. 35 del Decreto 89/2013).

Para participar hace falta cumplir el artículo 28 de la Ley, estar inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura y no haber sido sancionado por resolución firme, administrativa o judicial, por hechos relacionados con el medio ambiente (art. 36.1 del Decreto 89/2013, en la redacción del Decreto 34/2016).

El reparto se hace por sorteo público y en tres tramos (art. 28.2):

GrupoQuién esCuota
LocalNacidos o con vecindad administrativa en los municipios del terreno50 %
AutonómicoNacidos o con vecindad en cualquier otro municipio de Extremadura40 %
Nacional y equiparadosEspañoles, nacionales de la UE y de Estados con acuerdos equivalentes10 %

Los permisos son nominales e intransferibles. Solo se expiden colectivos para montería, batida, gancho y puesto fijo de caza menor, con un representante único ante la dirección técnica (art. 43 del Decreto 89/2013). Y las rehalas participantes no tienen derecho a puesto ni a los trofeos de las reses que capturen, que pasan a la Dirección General (art. 45.3).

En el examen: reserva = conservación, la declara el Consejo de Gobierno, y el propietario cobra canon de compensación. Coto regional = igualdad de acceso, y su aprovechamiento va por oferta pública. Sorteo: 50 / 40 / 10 para local, autonómico y nacional. Permisos nominales e intransferibles. La rehala no cobra trofeo.

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