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Preguntas de práctica: La conservación se legisla en tres pisos: Europa, España y Extremadura

10 preguntas sobre este asunto, con tres opciones como en el examen, la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 2 · Protección y conservación de la naturaleza.

Preguntas de práctica, no del examen. La Junta no publica las preguntas que pone cada tribunal, y el manual oficial es de 2009: su parte de legislación está caducada y su aviso legal no permite reproducirlo. Estas las hemos escrito sobre el temario oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 31¿Qué figura de protección se declara al amparo de la Directiva Aves?

    • A. Los LIC, que más tarde pasan a ser ZEC
    • B. Las ZEPA correcta
    • C. Los espacios de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura

    Por qué: La Directiva Aves genera las Zonas de Especial Protección para las Aves. Los LIC y las ZEC nacen de la Directiva Hábitats, y la Red de Áreas Protegidas es una construcción de la ley extremeña, no de la normativa europea. (Directiva 2009/147/CE (Directiva Aves))

  2. 32Un LIC declarado al amparo de la Directiva Hábitats pasa a ser ZEC cuando…

    • A. se aprueba su correspondiente plan de gestión correcta
    • B. la Comisión Europea lo publica en su lista oficial
    • C. han transcurrido seis años desde su propuesta inicial

    Por qué: El Lugar de Importancia Comunitaria se transforma en Zona Especial de Conservación al aprobarse el instrumento que fija cómo se gestiona. ZEPA y ZEC forman juntas la Red Natura 2000. (Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats))

  3. 33¿Qué dos tipos de espacios forman la Red Natura 2000?

    • A. Las ZEPA y las ZEC correcta
    • B. Los parques naturales y las reservas naturales
    • C. Los corredores ecológicos y los corredores ecoculturales

    Por qué: La Red Natura 2000 es la red ecológica europea y la figura de protección más extendida en Extremadura. Parques, reservas y corredores son categorías de la Ley 8/1998, que es autonómica y va por otro camino. (Directivas 2009/147/CE y 92/43/CEE)

  4. 34¿Cuál es hoy la norma básica del Estado en materia de conservación de la naturaleza?

    • A. La Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres
    • B. La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad correcta
    • C. La Ley 8/1998, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura

    Por qué: La Ley 4/1989 está derogada: la sustituyó la Ley 42/2007, que es la que citan hoy los artículos 35 y 39 de la ley de caza extremeña. El manual de 2009 todavía construye el tema sobre la 4/1989. La Ley 8/1998 es autonómica, no básica estatal. (Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad)

  5. 35¿En qué normas se apoya la caza de especies exóticas invasoras como método de control?

    • A. En la Directiva Hábitats y en su anexo IV
    • B. En el Decreto 78/2018, del catálogo regional de especies amenazadas
    • C. En el Real Decreto 630/2013 y en el artículo 64.3 de la Ley 42/2007 correcta

    Por qué: El Real Decreto 630/2013 regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, y la Ley 42/2007 permite cazarlas como método de control. El anexo IV de la Directiva Hábitats recoge especies que exigen protección estricta, justo lo contrario. (Ley 42/2007, art. 64.3, y Real Decreto 630/2013)

  6. 36La Ley 8/1998 de Conservación de la Naturaleza fue modificada de forma importante por…

    • A. el Decreto 34/2016, reglamento de la Ley de Caza
    • B. la Ley 9/2006 correcta
    • C. la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

    Por qué: La Ley 9/2006 reformó a fondo la ley extremeña de conservación. La Ley 42/2007 es estatal y no modifica una norma autonómica, y el Decreto 34/2016 desarrolla la Ley de Caza, no la de conservación. (Ley 8/1998, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura)

  7. 37¿Qué norma regula hoy la Red Natura 2000 en Extremadura?

    • A. La Ley 2/2023, de 22 de marzo correcta
    • B. El Decreto 37/2001, del Catálogo de Especies Amenazadas
    • C. Sigue regulada en el articulado de la Ley 8/1998, como una categoría más de espacio protegido

    Por qué: La Red Natura 2000 tiene ley propia en Extremadura desde 2023, y el artículo de la Ley 8/1998 que se ocupaba de ZEPA, ZEC y LIC figura hoy suprimido. No la estudies como si fuera una categoría más de espacio natural protegido. (Ley 2/2023, de 22 de marzo)

  8. 38¿Qué artículo crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura?

    • A. El artículo 66 del Decreto 34/2016
    • B. El artículo 16 de la Ley 8/1998
    • C. El artículo 59 de la Ley 8/1998 correcta

    Por qué: El artículo 59 de la Ley 8/1998 crea el Catálogo. El 16 de esa misma ley fija las categorías de espacio natural protegido, y el 66 del Decreto 34/2016 clasifica las especies cinegéticas, que es otra cosa distinta. (Ley 8/1998, art. 59)

  9. 39Según el artículo 1 de la Ley 14/2010, la caza debe ejercerse…

    • A. solo en terrenos cinegéticos de titularidad privada con plan técnico aprobado
    • B. libremente, siempre que se respeten las vedas y los cupos de cada temporada
    • C. en un marco de protección, conservación y fomento de los hábitats correcta

    Por qué: La propia ley de caza es también norma de conservación: exige un uso sostenible compatible con el equilibrio natural. Por eso no se entiende separada de la Ley 8/1998 ni de la Ley 42/2007. (Ley 14/2010, art. 1)

  10. 40Las especies del anexo I de la Directiva Aves y del anexo IV de la Directiva Hábitats presentes de forma regular en Extremadura…

    • A. entran obligatoriamente en el Catálogo regional de especies amenazadas correcta
    • B. solo se incluyen en el Catálogo si además son endémicas de la región
    • C. quedan fuera del Catálogo regional, porque ya las protege la normativa europea

    Por qué: Son los dos grupos de entrada obligatoria en el catálogo extremeño. El anexo I de la Directiva Aves recoge las aves que exigen medidas especiales de conservación, y el anexo IV de la Directiva Hábitats, las especies de interés comunitario que requieren protección estricta. (Ley 8/1998, art. 59; Directivas Aves y Hábitats)

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