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Una infracción leve prescribe en seis meses; una muy grave, en cuatro años
Tema 11 · Régimen jurídico — Sanciones en materia cinegética; Comisos de armas, artes y caza; El Registro de Infractores de Caza.
Cuánto cuesta cada nivel
El art. 105 de la Ley 7/2003 fija las sanciones. Memoriza las cifras de corte: 300 y 3.005 euros.
| Nivel | Multa | Licencia |
|---|---|---|
| Leve | 60 a 300 € | O bien, en lugar de la multa, retirada e inhabilitación de un mes a un año |
| Grave | 300 a 3.005 € | Y además retirada e inhabilitación de uno a tres años |
| Muy grave | 3.005 a 60.101 € | Y además retirada e inhabilitación de tres a cinco años |
Fíjate en la conjunción. En las leves la retirada de licencia es alternativa a la multa; en las graves y muy graves se suma. A cualquiera de ellas puede añadirse la suspensión de la actividad (cierre temporal de una granja, suspensión del coto, prohibición de comerciar con piezas), y siempre hay que indemnizar el daño causado a la caza o a su hábitat.
Quién sanciona
- Leves y graves: el director general competente (art. 86.1.a).
- Muy graves: el consejero (art. 86.1.b).
Si un mismo hecho encaja en varias infracciones, se sanciona solo la más grave (art. 84.3).
Cómo se gradúa la multa
Dentro de cada horquilla pesan, entre otras cosas, la intención, el daño, el riesgo para personas, el beneficio y la colaboración, que juega a tu favor (art. 90). Negarte a entregar el arma al agente es agravante.
Dos reglas numéricas:
- Reincidencia: cometer en un año más de una infracción de la misma naturaleza, declarada firme, sube la multa un 50 % (art. 90.2).
- Pronto pago: la multa baja un 30 % si la pagas, junto con las indemnizaciones, en quince días hábiles desde la notificación. Si eres reincidente, no hay rebaja (art. 91).
Los plazos
| Leve | Grave | Muy grave | |
|---|---|---|---|
| Prescripción de la infracción | 6 meses | 1 año | 4 años |
| Prescripción de la sanción | 1 año | 2 años | 3 años |
La infracción empieza a contar el día en que se cometió; la sanción, al día siguiente de ser firme. Iniciar el expediente con conocimiento del interesado interrumpe el plazo, que vuelve a correr si el procedimiento se para más de un mes sin culpa del denunciado (art. 89). Los trámites penales también lo interrumpen (art. 87.3).
Es una trampa clásica: la muy grave prescribe antes como sanción (3 años) que como infracción (4 años).
Qué te quitan
La pieza, siempre. Cualquier infracción supone perder la pieza, viva o muerta (art. 92.1).
Los medios, solo si es grave o muy grave. El agente retira armas, artes o animales únicamente cuando se usaron para cometer una infracción grave o muy grave, siempre con recibo (art. 93.1). El manual dice que todo delito o infracción conlleva el comiso de los medios; la ley lo limita a las graves y muy graves.
Adónde va lo decomisado:
- Caza viva con posibilidades de vivir: se suelta o se deposita en un centro de la Consejería.
- Caza muerta: a un centro benéfico, con recibo.
- Perros: pueden quedarse con el denunciado pagando un rescate; si no paga, pueden ir a una protectora.
Cómo recuperas el arma, si es de tenencia legal (art. 93.3):
- Gratis, si te absuelven, se archiva el expediente o la sanción acaba siendo leve.
- Pagando el rescate, en graves y muy graves, una vez abonadas multa e indemnización. También si recurres y presentas un aval bancario por el total.
El Registro de Infractores
Lo crea el art. 98. Se inscribe de oficio a todo el que tenga una sanción firme, administrativa o judicial, por esta ley. Las anotaciones se envían al Registro Nacional de Infractores de Caza y Pesca, y quien ha cumplido tiene derecho a que se cancelen.
En el examen: leve 60–300 €, grave 300–3.005 €, muy grave 3.005–60.101 €. Inhabilitación: 1 mes–1 año, 1–3 años, 3–5 años. Prescriben las infracciones a los 6 meses, 1 año y 4 años; las sanciones, a 1, 2 y 3 años. Pronto pago, 30 % en 15 días hábiles. Reincidencia, +50 %. El arma solo se retira en graves y muy graves.
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