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La misma ley que prohíbe decide si la falta es leve, grave o muy grave
Tema 11 · Régimen jurídico — Limitaciones y prohibiciones en beneficio de la caza; Infracciones administrativas.
Las prohibiciones del artículo 43
El art. 43 de la Ley 7/2003 reúne lo que no se puede hacer nunca, salvo autorización. Son veinticuatro apartados. Estos son los que más se preguntan, con su cifra cuando la tienen:
| Prohibido | Dato clave |
|---|---|
| Cazar fuera del horario (43.2) | Desde una hora antes de salir el sol hasta una hora después de ponerse |
| Cazar con poca visibilidad (43.5) | Siempre prohibido por debajo de 250 metros |
| Cazar en días de fortuna (43.3) | Incendio, epizootia, inundación o sequía que dejan a la caza sin defensa o la concentran |
| Cazar con nieve que cubre el suelo de forma continua (43.4) | Salvo especies y casos autorizados |
| Llevar el arma cargada o desenfundada en veda o fuera de horario (43.6) | Sin autorización |
| Cazar en línea de retranca (43.7) | A menos de 250 m de la línea de escopetas en caza menor y 500 m en caza mayor |
| Cazar cerca de una montería o batida (43.21) | Franja de 1.500 metros alrededor de la mancha |
| Monterías en cotos colindantes (43.20) | Con menos de cinco días de diferencia |
| Tirar a palomas y tórtolas en sus bebederos (43.17) | O a menos de 1.000 m de un palomar señalizado |
| Matar a la hembra de jabalí con crías (43.18) | Sin excepción |
| Chantear la caza ajena (43.15) | Asustarla o atraerla para sacarla de su terreno |
| Disparar a una liebre perseguida por galgos (43.23) | En esa modalidad, ni armas ni otros perros (43.24) |
Aviso sobre el manual. Omite la prohibición de cazar a la hembra de jabalí seguida de crías (43.18), y a partir de ahí su numeración ya no coincide con la de la ley. Añade, en cambio, una prohibición estatal: tener o usar munición con plomo en humedales del Convenio de Ramsar, en la Red Natura 2000 y en espacios naturales protegidos.
Tres niveles de infracción
La ley clasifica las infracciones de caza en leves (art. 99), graves (art. 100) y muy graves (art. 101). Papeleo y descuidos, leves; cazar sin derecho o con medios ilegales, graves; poner vidas en peligro o dañar gravemente el recurso, muy graves.
Leves, entre otras:
- No llevar la documentación y no presentarla en dos días hábiles (99.1).
- Cazar fuera del horario (99.4).
- Menor de 14 años cazando, o menor a más de 120 m del adulto (99.5 y 99.6).
- No entregar las anillas de una pieza marcada (99.10).
- Dejar a los perros vagar sin control en época hábil (99.11).
- Llevar en el coche el arma desenfundada y lista, aunque esté descargada (99.14).
- Cazar en línea de retranca (99.18).
Graves, entre otras:
- Cazar sin licencia o inhabilitado, o sin seguro (100.1 y 100.3).
- Cazar en veda, fuera de lugar o sobre piezas prohibidas (100.5).
- Cazar en un coto sin permiso, aunque no cobres nada (100.11).
- Perros sueltos sin control en veda (100.12).
- Usar medios prohibidos (100.15).
- Cazar en días de fortuna, con nieve o sin visibilidad (100.21).
- Alterar precintos (100.23).
- Llevar el arma lista por el campo en veda sin autorización (100.24).
Muy graves (art. 101), solo ocho:
- Cazar en una reserva sin autorización o en un refugio de fauna.
- Cazar caza mayor en celo fuera de lo autorizado.
- Cazar sin medidas de seguridad poniendo en peligro a otros.
- Cazar en las áreas restringidas de un plan de ordenación.
- Destruir nidos, madrigueras o vivares, o recoger crías o huevos, aunque estén vacíos.
- Soltar o transportar caza viva portadora de epizootias.
- Incumplir una autorización científica dañando a la fauna.
- Que el titular de un coto no declare una epizootia o zoonosis.
El manual no recoge dos graves añadidas en 2025 (Decreto-ley 1/2025): falsear la declaración responsable del control por daños y cobrar a terceros por hacer ese control (100.26 y 100.27).
En el examen: los perros sueltos sin control son leve en época hábil y grave en veda. Arma desenfundada en el coche, leve; por el campo en veda, grave. Visibilidad mínima, 250 m. Retranca: 250 m en menor, 500 m en mayor. Franja alrededor de una montería, 1.500 m. Nidos y huevos, aunque estén vacíos, muy grave.
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