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El Estado pone el suelo y Murcia legisla la caza

Tema 2 · Protección y conservación de la naturaleza — Normativa estatal; Ley 42/2007 y catálogos de especies; Catálogo español de especies exóticas invasoras; Normativa autonómica.

Quién manda en qué

La Constitución reserva al Estado, en su artículo 149.1.23.ª, la legislación básica sobre medio ambiente, montes, vías pecuarias y aprovechamientos forestales. Es un mínimo común para toda España.

La caza, en cambio, es de la Región. El Estatuto de Autonomía de Murcia (Ley Orgánica 4/1982), en su artículo 10.Uno.9, da a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en caza y pesca fluvial y en la protección de los ecosistemas donde se practican. De ahí sale la Ley 7/2003 que verás en el tema 5.

La ley estatal clave: Ley 42/2007

La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, fija el régimen básico para conservar y usar de forma sostenible la naturaleza. Para el cazador tiene tres consecuencias:

  1. Crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, y dentro de él el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
  2. Prohíbe cazar y pescar las especies del Listado y del Catálogo.
  3. Prohíbe soltar especies exóticas invasoras y, en concreto para la caza, soltar especies alóctonas (las que no son propias del lugar).

El Catálogo tiene dos categorías:

CategoríaQué significa
En peligro de extinciónSu supervivencia es poco probable si siguen actuando las causas que la han llevado a esa situación
VulnerableCorre el riesgo de pasar a «en peligro» en un futuro inmediato si no se corrigen los factores que la amenazan

La ley obliga además a vigilar de forma continua cómo evolucionan esas especies, para actuar si su situación empeora.

Los reales decretos que conviene reconocer

NormaPara qué sirve
RD 1095/1989Declara las especies objeto de caza y pesca en España. Las comunidades pueden reducir esa lista, no ampliarla
RD 1118/1989Declara qué especies de caza y pesca son comercializables
RD 139/2011Desarrolla el Listado y el Catálogo Español de Especies Amenazadas
RD 556/2011Regula el Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad
RD 630/2013Regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras

Sobre las invasoras hay un matiz que el manual destaca: una sentencia del Tribunal Supremo de 2016 (la 637/2016) afectó al RD 630/2013, y la Ley 42/2007 recoge hoy la regla de fondo (art. 64 ter): cazar o pescar una especie invasora queda condicionado a que antes se haya delimitado en un mapa el área que ocupaba antes de entrar en vigor la ley. Sin esa cartografía previa, no hay caza posible.

La normativa de la Región de Murcia

Con su competencia exclusiva, la Región ha ido aprobando sus propias normas. Las que cita el tema:

En el examen: la competencia exclusiva en caza es de Murcia (Estatuto, art. 10.Uno.9); el Estado solo dicta la legislación básica de medio ambiente (Constitución, art. 149.1.23.ª). La Ley 42/2007 crea el Listado y el Catálogo y prohíbe cazar sus especies. Dos categorías: en peligro y vulnerable. El RD 1095/1989 fija las especies cazables y las comunidades solo pueden recortarlas. Ley 7/1995, de Fauna Silvestre de Murcia.

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