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¿Cuándo se puede cazar en Murcia?

En 2026-27 la caza menor va del 12 de octubre al 6 de enero, todos los días. Ganchos, batidas y monterías, del 6 de septiembre al 14 de febrero. Lo fija la Orden de 29 de abril de 2026.

La orden de vedas la publica la Consejería cada año, oído el Consejo Asesor Regional de Caza y Pesca Fluvial. Pero si un año no llega a aprobarse, la anterior se prorroga sola: la ley lo dice expresamente, y la de 2023 estuvo vigente tres temporadas seguidas por esa vía. Lo contamos en por qué la orden de vedas se prorroga sola.

Todos los días, que no es lo normal

La caza menor va del 12 de octubre al 6 de enero y se puede cazar todos los días. Merece la pena pararse en esto: en Galicia, por ejemplo, solo se caza jueves, domingos y festivos. En Murcia no hay restricción de día de la semana en el período general de menor.

Lo que sí hay son límites de otro tipo: se autoriza el auxilio de dos perros por cazador y queda prohibido con carácter genérico el uso de perros de raza galgo.

La media veda de agosto

Es corta y muy tasada, y cada especie va por su lado:

En los puestos hay reglas de detalle que se olvidan: no se colocan a menos de 100 metros de embalses y balsas ni a 200 de los cauces, van separados entre sí 50 metros como mínimo, se permiten cimbeles pero está prohibido el uso de reproductores de sonido.

Caza mayor: gancho, batida y montería

Van del primer domingo de septiembre al segundo domingo de febrero, y están prohibidas de marzo a agosto, que es la época de nidificación y cría. La diferencia entre las dos primeras es puramente numérica: se llama gancho cuando hay menos de 20 puestos, y batida cuando hay 20 o más.

En las ZEPAs y en las áreas críticas del plan de recuperación del águila perdicera la ventana se acorta: solo hasta el 20 de diciembre. Y el jabalí tiene un régimen aparte: en aguardo se puede abatir cualquier día del año, por daños y por el riesgo de peste porcina africana.

Todas las especies, modalidades y cupos, con las fechas al detalle, están en la página de la temporada 2026-2027, que es la que actualizamos cuando sale una orden nueva. No uses estas fechas para la temporada que viene: consúltalas allí.

Fuentes: Orden de 29 de abril de 2026, arts. 4, 5, 7 y 12 · Ley 7/2003, art. 42.

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