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¿Cuándo es el examen del cazador en Murcia?
En 2026, el 15 de abril, el 23 de septiembre y el 18 de noviembre, a las 18:00. El plazo de solicitud acaba unos quince días antes: el 1 de abril, el 8 de septiembre y el 3 de noviembre.
Las fechas las fija cada año una convocatoria de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática. El Decreto 112/2018 exige al menos dos al año; en 2026 se convocaron tres, así que la Consejería va por encima del mínimo.
El plazo se cierra, y antes de lo que crees
Esta es la diferencia grande con otras comunidades: en Murcia hay que estar dentro de plazo. Cada convocatoria tiene su fecha límite de solicitudes, unos quince días antes del examen. Pasada esa fecha, ya no entras: te toca esperar a la siguiente.
Compáralo con Galicia, donde el calendario está metido en la norma, se repite igual todos los años y el plazo de inscripción está abierto de forma permanente. Aquí no: aquí hay que mirar el BORM y apuntar la fecha.
Lo que tiene que estar hecho antes de que cierre
- La solicitud, por el procedimiento 2654 de la sede electrónica.
- El pago de la tasa de 10 €, que la convocatoria exige abonado antes de finalizar el plazo de inscripción, no después.
- El certificado del curso de formación, si lo has hecho y quieres los 2 puntos.
- La autorización de los padres o tutores, si eres menor de 18 años.
Después del plazo todavía pasa algo
Se publica una lista provisional de admitidos y excluidos, con 5 días para subsanar lo que falte. Merece la pena mirarla: es donde se detectan los pagos mal referenciados y los certificados que no llegaron. Si no la miras y estabas excluido, te enteras el día del examen.
Los exámenes se celebran a las 18:00 horas, y si hay mucha gente la Dirección General puede establecer turnos.
De dónde sale todo esto
La convocatoria no se saca de la manga: desarrolla el Decreto 112/2018, de 23 de mayo, que es a su vez el desarrollo reglamentario de los artículos 71.2 y 73.3 de la Ley 7/2003 —el que exige el examen para la primera licencia y el que obliga a repetirlo a quien la perdió por una infracción grave. Es el orden de siempre: la ley pone los principios y los decretos la letra pequeña.
Cada convocatoria se publica en el BORM y contra ella cabe recurso de alzada ante el Consejero en el plazo de un mes.
Tienes las fechas, los plazos y las seis sedes en su página, y aquí dónde se hace y qué hay que llevar. Las fechas del año que viene salen con la convocatoria correspondiente: no las inventamos por adelantado.
Fuente: Resolución de 11 de febrero de 2026, apartados Segundo, Tercero, Cuarto y Sexto, y su preámbulo, que invoca el art. 3.1 del Decreto 112/2018.