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El único disparo que nunca te va a costar nada es el que no das

Bloque 4 · Modalidades de caza y normas de seguridad — Normas de seguridad en las cacerías; Deberes del cazador en el manejo del arma.

La seguridad vive en el artículo 63 de la Lei 13/2013 y en el 39 del Decreto 284/2001. Es corta, es de cifras, y se falla por no mirarla.

Las distancias

SituaciónReglaNorma
Personas ajenas a la cacería a menos de 50 metrosDescargar el armaLei, art. 63.2
Grupos de cazadores que se cruzan o se adelantan a menos de 50 metrosDescargar todos, mientras sigan de frenteDecreto, art. 39.1.a
Puestos de un ojeo de caza menor separados menos de 50 metrosPantallas obligatorias a ambos lados de cada puestoLei, art. 63.3
Separación mínima entre puestos de ojeo30 metros, con pantallas de al menos 15 dm²Decreto, art. 39.1.d
Ojeadores respecto de las posiciones de tiroNo acercarse a menos de 50 metrosDecreto, art. 39.1.e
Disparar hacia la línea de ojeadoresProhibido a menos de 100 metrosDecreto, art. 39.1.e

La ley añade que los puestos del ojeo han de quedar a la vista unos de otros si están al alcance de los disparos, y prohíbe los puestos interiores de montería o batida a menos de 200 metros de cierres cinegéticos conocibles (art. 70.1.j).

El arma, cargada lo menos posible

En las modalidades colectivas está prohibido llevar el arma cargada y desenfundada antes de llegar al puesto o después de abandonarlo, y no se dispara hasta la señal convenida ni una vez terminada la cacería. La excepción: en las batidas sí se puede llevar desenfundada.

Tampoco se cambia ni se abandona el puesto, salvo en las batidas y con autorización del responsable (art. 63.6).

Fuera de la cacería, portar armas desenfundadas por el campo en veda o día no hábil está prohibido (art. 70.1.f). Llevarlas así en un vehículo es leve en día hábil (art. 84.26) y grave en día inhábil (art. 85.9); disparar desde él, muy grave (art. 86.4).

Dónde apunta el arma

La ley no habla de grados ni de «tiro a media altura»: fija un resultado. El artículo 61.2 obliga a conocer el alcance real de la munición, a no disparar cuando la trayectoria pueda alcanzar a personas, animales o bienes y a disparar solo tras reconocer la especie —y el sexo o la edad, si la autorización lo exige—.

De ahí salen las reglas prácticas: que la bala acabe en el suelo, nunca contra el horizonte ni un cambio de rasante, nunca a un bulto ni a un ruido, y contando con el rebote en piedra o agua. El postor explica a cada cazador su campo de tiro, y cada uno se pone de acuerdo con los puestos vecinos, de palabra o por señas (Decreto, art. 39.1.f). Cazar en línea de retranca con armas de fuego está prohibido (art. 70.1.e) y es grave (art. 85.26).

Señalización, ropa y estado del cazador

En el examen: 50 metros para descargar, con personas ajenas y entre grupos. Ojeo: puestos a 30 metros, pantallas de 15 dm², obligatorias por debajo de 50 metros, y nada de tirar a los ojeadores a menos de 100 metros. Cierres cinegéticos, 200 metros; visibilidad mínima, 250 metros. Alta visibilidad en batidas, monterías y zapeos de zorro, sin color obligatorio.

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