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Preguntas de práctica: Que te vean, que veas y que el cartel avise

7 preguntas sobre este asunto, con tres opciones como en el examen, la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 12 · Seguridad en el ejercicio de la caza.

Preguntas de práctica, no del examen. La Junta no publica las preguntas que pone cada tribunal, y el manual oficial es de 2009: su parte de legislación está caducada y su aviso legal no permite reproducirlo. Estas las hemos escrito sobre el temario oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 354En una montería, ¿quién debe llevar distintivo de color llamativo?

    • A. Solo los cazadores que ocupan puesto
    • B. Solo los batidores y los responsables de las rehalas
    • C. Todos los participantes, incluidos auxiliares y acompañantes correcta

    Por qué: Todos los participantes en una acción colectiva de caza mayor, en la parte superior del cuerpo y desde el inicio hasta el fin de la acción. La norma no fija un color concreto: exige que sea llamativo y visible. (Decreto 34/2016, art. 61.1)

  2. 355En una acción colectiva de caza menor, ¿cuándo es obligatorio el distintivo?

    • A. Durante toda la acción, igual que en caza mayor
    • B. Únicamente al salir del puesto para realizar el cobro correcta
    • C. Solo si la acción discurre junto a una zona de seguridad

    Por qué: Solo al salir del puesto a cobrar la pieza, y también para auxiliares y acompañantes. La lógica es el riesgo: en caza menor aparece al salir a recoger; en montería dura toda la jornada. (Decreto 34/2016, art. 61.2)

  3. 356Cuando la visibilidad se reduce de forma peligrosa, ¿qué obliga a hacer el reglamento?

    • A. Suspender la acción cinegética correcta
    • B. Continuar extremando las precauciones
    • C. Reagrupar los puestos a menos de 50 metros

    Por qué: Se suspende, no se continúa con precaución. La obligación nace de las condiciones meteorológicas o de cualquier otra causa que reduzca la visibilidad hasta suponer peligro para las personas o para los bienes. (Decreto 34/2016, art. 62.1)

  4. 357En una montería, ¿cuándo considera la ley que la visibilidad es peligrosa?

    • A. Cuando no se divisan los puestos colindantes correcta
    • B. Cuando el sol está a menos de diez grados sobre el horizonte
    • C. Cuando la niebla impide ver el fondo de la mancha

    Por qué: El artículo 37.d) usa ese criterio para montería, gancho, batida y ojeo: no divisar los puestos colindantes. En caza menor el criterio es distinto: no distinguir con claridad a una persona a cien metros. (Ley 14/2010, art. 37.d)

  5. 358¿Cómo es la señal de peligro por acción de caza?

    • A. Letras negras de 8 cm sobre fondo rojo, en chapa de 33 por 50 cm correcta
    • B. Letras rojas de 10 cm sobre fondo blanco, en chapa de 20 por 30 cm
    • C. Letras blancas de 8 cm sobre fondo negro, en chapa de 33 por 50 cm

    Por qué: Mide igual que una señal de primer orden, 33 por 50, pero es negra sobre rojo y temporal: se pone al inicio de la acción y se retira al terminarla. Su leyenda es «PELIGRO ACCIÓN DE CAZA». (Decreto 34/2016, art. 58 y anexo II)

  6. 359¿Cuándo hay que señalizar una montería con la señal de peligro?

    • A. Siempre que se celebre una acción colectiva de caza mayor
    • B. Solo si hay una zona de seguridad incluida o colindante correcta
    • C. Solo cuando la mancha linde con una carretera asfaltada

    Por qué: Solo cuando haya incluida o colindante una zona de seguridad, y la señalización se sitúa en los accesos de caminos públicos, vías pecuarias y dominio público hidráulico. Se coloca entre 1,2 y 2,4 metros del suelo. (Decreto 34/2016, art. 58)

  7. 360En una montería, ¿qué documento debe estar a disposición de los agentes?

    • A. El certificado veterinario de cada una de las rehalas participantes
    • B. El plano de la mancha con la ubicación de los puestos correcta
    • C. La póliza de seguro de todos y cada uno de los cazadores

    Por qué: Son cuatro: copia de la resolución de aprobación del plan técnico, el plano de la mancha con los puestos, el listado de participantes con nombre y DNI, y copia registrada de la comunicación previa o de la autorización. (Decreto 34/2016, art. 64.2)

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