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Preguntas de práctica: La ley de caza también es una ley de conservación

10 preguntas sobre este asunto, con tres opciones como en el examen, la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 2 · Protección y conservación de la naturaleza.

Preguntas de práctica, no del examen. La Junta no publica las preguntas que pone cada tribunal, y el manual oficial es de 2009: su parte de legislación está caducada y su aviso legal no permite reproducirlo. Estas las hemos escrito sobre el temario oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 51Respecto de los procedimientos masivos o no selectivos, el artículo 35 de la Ley 14/2010 prohíbe…

    • A. su tenencia, su utilización y su comercialización correcta
    • B. su comercialización, pero no su tenencia para uso propio
    • C. solo su utilización durante la temporada hábil de caza

    Por qué: La prohibición no es solo usarlos: tenerlos ya es infracción, y comerciar con ellos también. Es uno de los puntos que más se preguntan con trampa, porque se tiende a pensar solo en el momento del uso. (Ley 14/2010, art. 35.1)

  2. 52Los métodos homologados de control de predadores…

    • A. quedaron prohibidos en todo caso por la reforma que introdujo la Ley 9/2019
    • B. pueden emplearse libremente por el titular del coto de caza
    • C. no se consideran masivos ni no selectivos, pero su uso exige autorización correcta

    Por qué: Que no se consideren masivos no significa que sean libres: su utilización exige autorización conforme a la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Es la trampa clásica de este artículo. (Ley 14/2010, art. 35.2)

  3. 53¿Con arreglo a qué criterios se homologan los métodos de control de predadores?

    • A. Rendimiento y coste de aplicación, según lo que fije el plan técnico de cada coto
    • B. Selectividad y bienestar animal, fijados por acuerdos internacionales correcta
    • C. Peligrosidad para las personas y distancia mínima a caminos

    Por qué: La homologación se basa en criterios de selectividad y bienestar animal fijados por acuerdos internacionales. Ni el rendimiento económico ni la distancia a caminos tienen nada que ver con que un método sea o no selectivo. (Ley 14/2010, art. 35.2)

  4. 54Además de los masivos o no selectivos, el artículo 35 prohíbe los procedimientos que…

    • A. puedan causar localmente la desaparición de una población correcta
    • B. no figuren expresamente recogidos y descritos en la Orden General de Vedas vigente
    • C. exijan el empleo de más de dos personas, de un vehículo a motor o de perros de rastro

    Por qué: La prohibición alcanza también a los procedimientos que, aun siendo selectivos, puedan causar localmente la desaparición de una especie o turbar gravemente la tranquilidad de sus poblaciones. (Ley 14/2010, art. 35.1)

  5. 55La autorización que levanta una de las prohibiciones de los artículos 36 a 38 debe ser…

    • A. reservada, para que su contenido no facilite usos fraudulentos
    • B. verbal y comunicada solo al interesado
    • C. pública y motivada correcta

    Por qué: Debe especificar el objetivo, las especies, los medios y el personal que los emplea, las circunstancias de tiempo y lugar, las alternativas descartadas y las medidas de control. Es la traducción del artículo 61.5 de la Ley 42/2007. (Ley 14/2010, art. 39.3)

  6. 56¿Qué deben comunicar los titulares de cotos y los cazadores en materia sanitaria?

    • A. Únicamente las epizootias que un veterinario oficial haya confirmado previamente
    • B. Las posibles epizootias y zoonosis que afecten a las especies cinegéticas correcta
    • C. Cualquier ejemplar abatido que presente signos de vejez o de desnutrición

    Por qué: La ley habla de posibles epizootias y zoonosis: el deber nace ante la sospecha, sin esperar confirmación veterinaria. Junto a ello hay que comunicar también la aparición de cebos envenenados. (Ley 14/2010, art. 33.2)

  7. 57Ante la aparición de cebos envenenados en el campo, el cazador…

    • A. debe retirarlos él mismo y entregarlos en el cuartel más próximo
    • B. debe comunicarlo, aun sin confirmación correcta
    • C. no tiene obligación alguna mientras no aparezcan animales muertos

    Por qué: El artículo 33.2 obliga a comunicar tanto los cebos como los ejemplares presuntamente afectados por ellos. Es la parte del precepto que más se olvida, y el deber nace en cuanto se ve, no cuando está confirmado. (Ley 14/2010, art. 33.2)

  8. 58Para asegurar el control sanitario de las especies cinegéticas, la Consejería puede adoptar…

    • A. la captura, el abatimiento y hasta la prohibición de cazar correcta
    • B. solo medidas de vigilancia, porque las sanitarias corresponden al Estado
    • C. únicamente campañas de vacunación voluntaria en los cotos

    Por qué: El artículo 33.1 le permite adoptar cualquier medida necesaria para prevenir y eliminar epizootias y zoonosis, y cita expresamente la captura, el abatimiento y la prohibición del ejercicio de la caza. (Ley 14/2010, art. 33.1)

  9. 59Introducir una especie cinegética en un terreno cinegético exige…

    • A. solo comunicarlo por escrito al agente del medio natural de la comarca
    • B. que la especie figure en el anexo I del Decreto 34/2016
    • C. autorización expresa de la dirección general competente en caza correcta

    Por qué: La introducción está sometida a autorización expresa, nunca a simple comunicación. El reglamento determina además qué especies pueden introducirse y cómo se acredita que los ejemplares no alteran la pureza genética de las autóctonas. (Ley 14/2010, art. 34.1)

  10. 60¿Qué prohíbe el artículo 34.2 de la Ley 14/2010?

    • A. La suelta de perdices procedentes de granja cinegética en cualquier coto de caza menor
    • B. La caza de cualquier especie que se haya introducido en España después del año 2007
    • C. Introducir especies que desplacen a las silvestres o alteren su pureza genética correcta

    Por qué: Es el motivo de fondo de dos problemas muy extremeños: la perdiz roja hibridada con chukar, griega o moruna, y el ciervo mezclado con ejemplares traídos de fuera de la Península. La prohibición alcanza a cualquier intervención en su proliferación. (Ley 14/2010, art. 34.2)

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