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¿Me conviene dejar preguntas en blanco en Extremadura?

Cuando no tengas ni idea, sí. Sólo resta la respuesta errónea: el blanco vale cero. Con tres opciones y sin descartar ninguna, contestar al azar sale ligeramente a perder.

La norma es de una precisión que conviene leer despacio: «cada respuesta errónea resta medio punto». No dice «cada pregunta no acertada». Una pregunta en blanco no es una respuesta errónea, así que vale cero: ni suma ni resta.

La cuenta al azar, con tres opciones

Si contestas una pregunta completamente a ciegas entre tres opciones, aciertas una de cada tres. De cada tres respuestas al azar: un acierto (+1) y dos fallos (−0,5 cada uno, −1). Suma cero. En teoría da igual.

Pero eso es en la primera lectura del aprobado. En la segunda —la que cuenta la nota neta— tirar a la ruleta te deja donde estabas de media, mientras que no lo hace. Y como no sabemos cuál usa el tribunal, lo prudente es no regalar varianza: contestar al azar te puede hundir una hoja que estaba aprobada y, en el mejor de los casos, no te la mejora.

SituaciónQué hacerPor qué
La sabesContestaObvio
Dudas entre dos, has descartado unaContestaAciertas la mitad de las veces: +1 la mitad, −0,5 la otra mitad. Ganas 0,25 de media
No descartas nadaDéjala en blancoDe media no ganas nada, y te juegas la lectura estricta del aprobado

La regla, en una frase: si puedes tachar una opción, contesta; si no puedes tachar ninguna, pasa de largo.

Cuidado con copiar la estrategia de al lado

Esto no funciona igual en todas partes y es donde más gente se equivoca al practicar con material de otra comunidad:

Si vienes de practicar con un test gallego o manchego, la costumbre de contestarlo todo te va a costar puntos en Extremadura.

Nuestro simulacro te deja dejar preguntas en blanco —hay un botón en cada pregunta— y al corregir te enseña cuántas dejaste, cuánto te han restado los fallos y si dejando en blanco las que fallaste habrías aprobado. Es la forma más rápida de calibrar cuándo te conviene arriesgar.

Fuente: Orden de 4 de diciembre de 2013, art. 2.7.

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