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¿A qué edad se puede cazar en Extremadura?

A los 14 años: es la edad mínima para examinarse y para tener licencia, y una de las más bajas de España. Los mayores de 65 con vecindad administrativa en Extremadura están exentos de la tasa de la licencia.

El artículo 2.1 de la orden pide 14 años cumplidos a la fecha de celebración del examen, y esa es también la edad con la que la Ley 14/2010 permite tener licencia. Dos años menos que en Galicia o Castilla y León, donde son 16.

Dónde queda respecto a las vecinas

ComunidadEdad mínima
Extremadura14 años
Región de Murcia14 años
Comunidad de Madrid14 años
Galicia16 años

Es, junto con la valenciana, de las edades más bajas de España.

Catorce para la licencia, no para el arma

Esta es la confusión que hay que deshacer en casa antes de ilusionar a nadie. La licencia de caza y la licencia de armas son papeles distintos, de administraciones distintas. La de caza la da la Junta; la de armas, la Guardia Civil, con la normativa estatal, sus propios requisitos de edad y su propio examen. Tener la licencia de caza a los 14 no habilita para tener una escopeta.

Un menor con licencia de caza puede cazar sin armas de fuego —con arco, con perros, en las modalidades que lo permitan— y, con armas, en las condiciones de acompañamiento que exigen la ley de caza y la normativa de armas.

Y por arriba

Los mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura están exentos de la tasa de la licencia (artículo 50.2.e de la Ley 14/2010). Hoy eso se nota menos, porque desde agosto de 2026 la licencia está bonificada al 100 % para todo el mundo, pero la exención sigue en la ley y volvería a importar si la bonificación desapareciera.

La edad no es el único requisito

Cumplir 14 abre la puerta, pero para cazar hacen falta varias cosas a la vez: la licencia en vigor, el seguro de responsabilidad civil, el documento de identidad, el carné de cazador y estar inscrito en el Registro de Cazadores. Y si se usan armas de fuego, su licencia y la guía de pertenencia de cada una. Todo eso hay que llevarlo encima, no basta con tenerlo.

El trámite completo, con importes y plazos, en la guía de la licencia de caza de Extremadura.

Fuentes: Orden de 4 de diciembre de 2013, art. 2.1 · Ley 14/2010, de caza de Extremadura, arts. 50 a 52.

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