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Quince perros no son una rehala, y veintiséis tampoco

Bloque 8 · Normativa legal que afecta a los perros de caza — La rehala y su licencia; El número de perros en cada modalidad; Modalidades sin perros y modalidades que son solo perros.

Con perro, licencia

Quien caza con perro necesita licencia de caza aunque no lleve arma ni ningún otro medio (art. 64.3 de la Lei 13/2013). Ojo con la excepción, que es de las que caen: acompañantes, ojeadores, perreros y secretarios no necesitan licencia ni seguro cuando actúan como auxiliares de la cacería (art. 59.7).

Qué es exactamente una rehala

La ley la define por el número y por el dueño: agrupación de entre 15 y 25 perros del mismo propietario o propietaria (art. 64.4). Con catorce no hay rehala; con veintiséis, tampoco. Y para emplearla hace falta licencia expedida por la consellería competente en materia de caza, que es la de clase C, la de medios y procedimientos especiales.

El Decreto 284/2001 hablaba de «mandas» y añadía un tope de 22 perros por manda en las monterías. La Lei 13/2013 no recoge ese número, y ante contradicción manda la ley: la horquilla que vale es 15 a 25.

Los números de cada modalidad

Están en el artículo 72 de la ley:

ModalidadCazadoresPerros
Montería (caza mayor)De 20 a 50 en puestosHasta 5 rehalas
Batida (caza mayor y zorro)De 10 a 30; mínimo 8 si es solo jabalíHasta 30 perros, en dos grupos como máximo
Zapeo (conejo y zorro)Menos de 10Con o sin perros
OjeoLínea de cazadores apostadosLos ojeadores baten sin perros
En mano y al saltoGrupo en línea, o cazador soloCon o sin perros
Madriguera—Perros especializados, y solo para el zorro
Caza a dienteUno o varios, sin armasLos perros son el medio de caza

Tres detalles de esa tabla se preguntan solos:

Los perros atraillados

La traílla —uno o varios perros atados con cuerda o correa que siguen el rastro hasta encontrar la pieza— solo puede usarse para localizar especies de caza mayor (Decreto 284/2001, art. 41.9).

Por eso, en la batida, el rastreo previo con perros atraillados para localizar el encame no es acción de cazar: es acción preparatoria (art. 72.1.b). Lo mismo vale para las acciones preparatorias sin armas en las modalidades colectivas de caza mayor y para el adiestramiento, que tampoco son acción de cazar (art. 53.2).

Un aviso con diez días

Monterías, batidas, ojeos de perdiz y tiradas de acuáticas tienen que estar previstos en el plan de ordenación y comunicarse al servizo provincial donde esté matriculado el tecor, con entrada mínima de diez días antes de la cacería. En esa comunicación va, entre otros datos, el número de rehalas que se van a emplear.

Nombres que no coinciden

El reglamento de 2001 y la ley de 2013 no usan las mismas palabras:

Decreto 284/2001Lei 13/2013
GanchoBatida
Manda de perrosRehala
Axexo (acecho)Acecho

En el examen se usa el vocabulario de la ley vigente.

En el examen: rehala, de 15 a 25 perros del mismo propietario, con licencia de clase C. Montería: 20 a 50 cazadores y hasta 5 rehalas; batidores solo con arma blanca. Batida: hasta 30 perros en dos grupos, y basta con 8 cazadores si es solo jabalí. Zapeo: menos de 10 cazadores, conejo y zorro. Madriguera: solo zorro. Ojeo: los ojeadores, sin perros. Con perro y sin escopeta también hace falta licencia, salvo que vayas de auxiliar.

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