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Dieciocho conductas muy graves, tres tramos de multa y dos relojes distintos
Bloque 6 · Conocimientos básicos del procedimiento sancionador — Infracciones muy graves; Sanciones y su graduación; Prescripción.
Las muy graves (art. 86)
Son solo dieciocho, y casi todas comparten una idea: o son masivas y no selectivas, o atacan a quien vigila.
- Usar sin autorización los medios y procedimientos prohibidos del artículo 69.1 (1), los dispositivos auxiliares del 68 —silenciador, visor nocturno, láser— (17), o armas prohibidas del 66 y munición no autorizada (16).
- Usar o portar munición manipulada después de su fabricación o balas explosivas (2).
- Cazar con gases, venenos, tranquilizantes, atrayentes, repelentes o explosivos (3), con aparatos electrocutantes o paralizantes (7), sirviéndose del fuego (11), o con faros, linternas, espejos y otras fuentes luminosas, salvo en esperas nocturnas autorizadas (14).
- Disparar desde cualquier medio de transporte en día, periodo, lugar o circunstancias prohibidas (4).
- Cazar animales domésticos (5).
- Cazar en refugios de fauna o en las zonas de espacios naturales protegidos donde esté prohibido y señalizado, aunque no se cobre pieza (9), o en terrenos con prohibición permanente señalizada (8).
- Introducir especies alóctonas o manipular genéticamente especies cinegéticas para liberarlas (10).
- Cercados electrificados con fines cinegéticos (13).
- Impedir a los agentes investigar el paradero de piezas ilegalmente cobradas (6) y agredirlos o amenazarlos (12).
- Cazar con armas bajo la influencia de alcohol o drogas (18).
Las multas (art. 88)
| Infracción | Multa | Efecto sobre la licencia |
|---|---|---|
| Leve | 60 a 600 € | — |
| Grave | 601 a 6.000 € | Puede llevar retirada de la licencia e inhabilitación de 1 año y 1 día a 5 años en los apartados 3, 4, 9, 14, 15, 21, 23, 30, 31, 33, 37 y 38 del art. 85. Siempre si la multa se impone en su grado máximo |
| Muy grave | 6.001 a 30.000 € | Retirada e inhabilitación de 5 años y 1 día a 10 años, y hay que volver a superar las pruebas de aptitud para obtener otra licencia |
⚠️ Son las cuantías del texto consolidado de la ley. La disposición adicional segunda permite actualizarlas por decreto del Consello de la Xunta según el IPC; no nos consta ningún decreto que lo haya hecho, pero si aparece, manda él.
Si quien tiene la titularidad cinegética comete alguna de las muy graves de los apartados 7, 11, 12, 13, 14 y 17, la sanción añade suspensión o anulación de la actividad cinegética de uno a cinco años, o inhabilitación para ser titular de terrenos de régimen especial por el mismo plazo.
Cómo se gradúa (art. 89)
Las multas se imponen en grado mínimo, medio o máximo, según la intencionalidad, el perjuicio causado, el riesgo creado para personas o bienes, el ánimo de lucro, los medios ilícitos empleados, la reincidencia y la organización de varias personas para cometerla.
Dos reglas concretas:
- Reincidencia: cometer en un año más de una infracción de la misma naturaleza, declarada por resolución firme, incrementa la multa en un 50 %.
- Si la persona corrige la situación o repara el daño durante la tramitación, la sanción puede imponerse en su grado mínimo.
La sanción es compatible con reponer las cosas a su estado anterior y con indemnizar (art. 90). Y hay una frase que conviene recordar: el deber de restaurar el medio natural no prescribe nunca.
Los dos relojes
| Infracciones (art. 87) | Sanciones (art. 91) | |
|---|---|---|
| Leves | 9 meses | 1 año |
| Graves | 3 años | 3 años |
| Muy graves | 5 años | 5 años |
La infracción prescribe desde el día en que se cometió —o desde el último acto, si es continuada—; la sanción, desde el día siguiente a que la resolución sea firme en vía administrativa. En ambos casos, iniciar el procedimiento interrumpe la prescripción, y el plazo se reanuda si el expediente se paraliza más de un mes por causa no imputable al interesado.
En el examen: leves 9 meses, graves 3 años, muy graves 5 años; la sanción leve prescribe al año, no a los nueve meses. Multas: 60-600, 601-6.000, 6.001-30.000 €. Reincidencia, +50 %. Restaurar el medio, nunca prescribe.
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