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Preguntas de práctica: Un año para resolver, y quien firma la multa depende de lo grave que sea

3 preguntas sobre este asunto, con tres opciones como en el examen, la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Bloque 6 · Conocimientos básicos del procedimiento sancionador.

Preguntas de práctica, no del examen. La Xunta no publica las preguntas que pone cada tribunal, y el manual oficial reserva todos sus derechos. Estas las hemos escrito sobre el temario oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 300¿Cuál es el plazo máximo para resolver y notificar un expediente sancionador de caza?

    • A. Seis meses desde el acuerdo de iniciación
    • B. Un año desde el acuerdo de iniciación correcta
    • C. Tres meses desde la denuncia del agente

    Por qué: El artículo 92.4 fija un año, contado desde el acuerdo de iniciación. Si pasa sin notificarse la resolución, el procedimiento caduca y se archivan las actuaciones. La caducidad no produce por sí sola la prescripción. (Lei 13/2013, art. 92.4)

  2. 301¿Quién tiene la competencia para imponer una sanción por infracción grave de caza?

    • A. La jefatura territorial de la provincia
    • B. La persona titular de la consellería
    • C. La dirección xeral competente en caza correcta

    Por qué: El artículo 94 reparte la competencia por gravedad: las leves, el órgano territorial; las graves, la persona titular de la dirección xeral competente en caza; y las muy graves, la persona titular de la consellería. (Lei 13/2013, art. 94)

  3. 305Durante un expediente sancionador, la Administración ve que los hechos podrían ser delito. ¿Qué debe hacer?

    • A. Archivar el expediente sin más trámite
    • B. Comunicarlo al Ministerio Fiscal correcta
    • C. Doblar la multa y continuar el expediente

    Por qué: Si los hechos pueden ser ilícito penal, se comunica al Ministerio Fiscal, y si hay identidad de sujeto, hecho y fundamento, el expediente se suspende hasta que recaiga resolución judicial (art. 93). Mientras, la prescripción de la infracción queda interrumpida. (Lei 13/2013, art. 93)

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