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¿A qué edad se puede cazar en Galicia?

Para examinarse hay que tener cumplidos los 16 años, y esa es también la edad mínima para tener licencia. Los menores que cacen con armas van acompañados y vigilados por un mayor de edad que tiene que estar a menos de 50 metros.

Los 16 años valen para las dos cosas: es la edad mínima para presentarse al examen y la que la ley pide para ser cazador. Por debajo de esa edad no se caza, y hacerlo es infracción leve.

Los menores y la regla de los 50 metros

Para cazar con armas, el menor tiene que tener además la edad que exija la normativa de armas, e ir acompañado y vigilado por una persona mayor de edad a una distancia máxima de 50 metros. No es una recomendación: separarse más de esos 50 metros es, por sí solo, una infracción leve, con multa de 60 a 600 €.

Y hay un papel que se olvida: el menor de edad no emancipado que haya cumplido 16 necesita autorización escrita de quien lo represente legalmente para la licencia. Sin esa autorización, no hay licencia aunque haya aprobado el examen.

Antes de los 16 sí puedes ir al monte

Esto casi nadie lo sabe y es lo que más se pregunta en casa. La ley dice que acompañantes, ojeadores, perreros y secretarios no necesitan licencia de caza ni seguro de responsabilidad civil cuando actúan como auxiliares de la cacería. O sea: un chaval puede acompañar, ayudar con los perros o llevar la cuenta sin licencia, siempre que no cace. Lo que no puede es llevar el arma ni disparar.

Y por arriba

A partir de los 65 años la licencia pasa a ser indefinida y la tasa es 0 €. La de los menores de 18 también cuesta 0 €. En los dos casos la exención se acredita con una declaración responsable, igual que la de las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

En Galicia más tarde que en otras comunidades

El límite no es igual en toda España y conviene saberlo si te mueves. En la Región de Murcia, por ejemplo, la licencia se puede sacar desde los 14 años, con autorización de los padres y acompañado siempre de un cazador mayor de edad. En Galicia son 16, sin excepción.

La edad no es el único requisito

Cumplir 16 años abre la puerta, pero la ley pide varias cosas más para ser cazador, y todas a la vez: tener la licencia en vigor, el seguro de responsabilidad civil contratado, un documento oficial de identidad, y —si usas armas— la licencia de armas y la guía de pertenencia de cada una. Además hay que no estar inhabilitado por resolución firme para cazar o para obtener licencia.

Todos esos documentos hay que llevarlos encima: no basta con tenerlos. No llevarlos, aun siendo su titular, es infracción leve, y negarse a enseñárselos a un agente de la autoridad es grave.

Para cazar con armas de fuego hace falta además la licencia de armas de la Guardia Civil, que es un trámite estatal aparte, con sus propios requisitos de edad y su propio examen. Tener la licencia de caza no te habilita para tener una escopeta.

Fuentes: Orde do 1 de xuño de 2007, art. 1 · Lei 13/2013, arts. 58.1, 59.2, 59.7, 84.1, 84.2 y 88.1 · Lei 5/2025, art. 25.

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