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Hurón y halcón: dos ayudantes que el Reglamento prohíbe salvo permiso
Tema 5 · Medios de caza — Utilización de hurones; Cetrería.
Lo que tienen en común
La Ley de Caza mete en el mismo saco a perros, caballos, hurones, aves de cetrería y reclamos vivos: su uso tiene que respetar el bienestar animal y cumplir las normas de sanidad, autorización, identificación y registro individual (Ley 3/2015, art. 21).
El Reglamento vigente, el Decreto 141/1996 en la redacción que le dio el Decreto 131/2012, va más allá. Coloca a los hurones y a las aves de cetrería en la lista de medios prohibidos con carácter general, cada uno con su excepción (art. 41.1.k).
El hurón
El hurón se mete en la madriguera y hace salir al conejo, que se captura con redes o capillos o se tira con escopeta. Por eso el Reglamento lo trata con recelo: está prohibido salvo autorización expresa de la Consejería. Esa autorización solo puede darse en dos de los supuestos del artículo 44.1:
- para prevenir perjuicios importantes a los cultivos, el ganado, los bosques, la propia caza, la pesca o la calidad de las aguas (letra c);
- por razones de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o para la cría en cautividad en centros autorizados (letra e).
Un ejemplo real: cuando la Junta declara una comarca de emergencia cinegética por daños del conejo (Ley, art. 12.3), la resolución puede autorizar el hurón, con condiciones y fechas concretas.
La tenencia del hurón sigue las normas de protección animal. El Reglamento de 1996 cita una ley regional de 1990, ya sustituida; el manual de 2024 remite a la Ley 7/2020, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha.
La cetrería
El Reglamento la define como la utilización de aves de presa como medio de caza y la cuenta entre las modalidades de caza menor (art. 45.2). Como cualquier cazador, el cetrero necesita licencia, caza en terreno cinegético y solo sobre piezas de caza (Ley, art. 3.1).
El Reglamento solo admite las aves de cetrería en los supuestos de adiestramiento y caza que autorice su norma específica, y siempre que su empleo no suponga riesgo para las poblaciones silvestres de especies amenazadas (art. 41.1.k).
El registro y lo que puede costar saltárselo
La Ley crea el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería de Castilla-La Mancha como registro público (art. 65). Tres consecuencias que conviene tener claras:
| Situación | Qué pasa |
|---|---|
| Poseer, cazar o adiestrar un ave no permitida, no inscrita en el registro o de origen no acreditado | Infracción muy grave (art. 75.14) |
| Ave sin documentación o marcas, con marcas ilegibles o manipuladas, o cuyas marcas no concuerdan con sus papeles | Los agentes pueden decomisarla (art. 70.f) |
| Incumplir las condiciones de una autorización de adiestramiento | Infracción leve (art. 73.18) |
Lo que cuenta el manual y hoy está en el aire
El programa oficial pide conocer las aves permitidas, el registro y las instalaciones. El manual de 2024 da una lista de especies e híbridos, los plazos para inscribir un ave en el registro, que llama FALCON, la obligación de volar con radioemisor, distancias prohibidas y la doble puerta de las instalaciones. Pero lo cita del reglamento de 2022, que el Tribunal Superior de Justicia anuló.
Parte de esas reglas procede de la norma propia de cetrería: el manual cita el Decreto 8/2014, que creó el registro, mientras que el Reglamento de 1996 aún remite a un decreto anterior, de 2009. Con el reglamento de 2022 anulado, no está claro qué detalles siguen en vigor. Si tu curso los explica, apréndelos como te los den, y ten presente que hay un reglamento nuevo en tramitación.
En el examen: según el Reglamento vigente, el hurón está prohibido salvo autorización expresa de la Consejería, por ejemplo para evitar daños a cultivos. La cetrería es una modalidad de caza menor con aves de presa. Ave no inscrita en el registro: infracción muy grave. Ave con marcas que no concuerdan con sus papeles: decomiso. Nunca si pone en riesgo a especies amenazadas.
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