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Preguntas de práctica: Caza con fin social: la zona colectiva del pueblo y el coto social de la Junta
8 preguntas sobre este asunto, con la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 8 · Terrenos cinegéticos.
Preguntas de práctica, no del examen. La Junta de Comunidades no publica las preguntas de la prueba. Estas las hemos escrito sobre el programa oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.
Lee la explicación desarrollada en el temario →
223Con carácter general, ¿qué superficie mínima continua deben tener las zonas colectivas de caza?
- A. 250 hectáreas, sin contar los enclavados ajenos
- B. 1.000 hectáreas, sin contar los enclavados ajenos correcta
- C. 500 hectáreas, contando los enclavados ajenos
- D. 2.000 hectáreas, contando los enclavados ajenos
Por qué: Las zonas colectivas de caza tienen, con carácter general, una superficie mínima continua de 1.000 hectáreas, excluida la superficie enclavada ajena. Hay excepciones: las creadas por las administraciones para cazar en igualdad de oportunidades y las de municipios de menos de 1.000 ha catastrales. (Ley 3/2015, art. 38.1)
224¿Cuál de estos podría ser titular cinegético de una zona colectiva de caza?
- A. Una empresa de turismo cinegético del pueblo
- B. Un propietario particular con más de 1.000 hectáreas
- C. Una sociedad local de cazadores sin ánimo de lucro correcta
- D. Una sociedad mercantil que arrienda cotos de caza
Por qué: Por su carácter social, solo pueden ser titulares de una zona colectiva la Consejería, las entidades locales y las asociaciones, sociedades o clubes de cazadores sin ánimo de lucro. Además, no pueden arrendar ni ceder su aprovechamiento cinegético. (Ley 3/2015, art. 36.2)
225Un propietario no ha cedido su finca a la zona colectiva de su pueblo, y la finca no pertenece a ningún otro terreno cinegético. ¿Qué pasa con ella?
- A. Queda fuera, porque sin cesión expresa no puede incluirse
- B. Queda incluida y ya no puede salir hasta que caduque el plan
- C. Queda incluida, salvo que el dueño pida formalmente excluirla correcta
- D. Pasa a ser zona de seguridad dentro de la zona colectiva
Por qué: El derecho de caza de los terrenos no cedidos que no pertenezcan a otro terreno cinegético queda incluido en la zona colectiva, salvo que su dueño pida la exclusión. Esa exclusión puede solicitarse en cualquier momento y debe aceptarse siempre. (Ley 3/2015, art. 37.2 y 37.5)
226Un ayuntamiento quiere ceder terrenos municipales a una zona colectiva de caza. ¿Qué órgano debe acordar la cesión?
- A. La alcaldía, por decreto
- B. La junta de gobierno local
- C. La comisión de medio ambiente
- D. El pleno municipal correcta
Por qué: Para incluir en una zona colectiva terrenos de entidades locales, de montes de utilidad pública o de otros terrenos cinegéticos hace falta la autorización expresa de su titular. En el caso de las entidades locales, la cesión debe acordarse en pleno municipal. (Ley 3/2015, art. 37.1)
227¿Cómo se practica la caza en una zona colectiva de caza?
- A. De forma no comercial y conforme a su Plan de Ordenación correcta
- B. Libremente, con tener la licencia y el seguro en vigor
- C. Con fines comerciales, igual que en un cuartel de caza
- D. Solo en las modalidades de caza menor de la orden de vedas
Por qué: El ejercicio de la caza y la gestión de las zonas colectivas se hacen de forma no comercial, atendiendo a la conservación, el fomento y el control de las especies, conforme a un Plan de Ordenación Cinegética y con las limitaciones que fije el reglamento. (Ley 3/2015, art. 36.3)
228¿Qué principio justifica la creación de los cotos sociales de caza?
- A. Obtener ingresos para la Junta de Comunidades con la venta de permisos de caza mayor
- B. Facilitar la caza en igualdad de oportunidades, sobre todo a los de la región correcta
- C. Reservar terrenos para la recuperación de especies amenazadas
- D. Permitir que las sociedades locales cacen sin Plan de Ordenación
Por qué: Los cotos sociales responden al principio de facilitar el ejercicio de la caza en régimen de igualdad de oportunidades, con especial atención a los cazadores de la región. Por eso sus permisos pueden ofrecerse dentro de la oferta pública de caza. (Ley 3/2015, arts. 39.1 y 40.1)
229¿Sobre qué terrenos pueden constituirse los cotos sociales de caza?
- A. Solo sobre montes de utilidad pública de propiedad municipal
- B. Sobre cualquier finca privada que su dueño quiera abrir a todos los cazadores
- C. Sobre los terrenos de sociedades de cazadores sin ánimo de lucro
- D. Sobre los de la Junta o los que queden a disposición de la Consejería correcta
Por qué: Pueden constituirse sobre terrenos de la Junta de Comunidades o sobre otros que queden a disposición de la Consejería por ofrecimiento a título oneroso o por contratación de su aprovechamiento. No basta con que un particular quiera abrir su finca a todos los cazadores. (Ley 3/2015, art. 39.2)
230¿A quién corresponden, con carácter general, la gestión y la vigilancia de los cotos sociales de caza?
- A. Al ayuntamiento del término en que está el coto
- B. A la Consejería competente en materia de caza correcta
- C. A la sociedad de cazadores de la localidad
- D. A la federación regional de caza, por convenio
Por qué: Los cotos sociales se constituyen sobre terrenos de la Junta o que quedan a disposición de la Consejería, y su gestión y vigilancia corresponden, con carácter general, a la Consejería. En su Plan de Ordenación se fijan las modalidades, los permisos y las piezas por cazador. (Ley 3/2015, art. 39.2, 39.3 y 39.4)