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El Catálogo de especies amenazadas está dentro del Listado, no al revés
Tema 2 · Las especies protegidas — Catalogación de los principales grupos.
Tres niveles de protección
Toda la fauna silvestre está protegida por la Ley 8/2003. Fuera de la caza y de los aprovechamientos autorizados, está prohibido matar, capturar, perseguir o molestar a los animales silvestres, sobre todo cuando crían o migran, y destruir sus nidos, huevos o lugares de cría (art. 7.2). Ese es el régimen general, y alcanza a especies tan corrientes como el cuervo o el meloncillo.
Por encima hay dos listas oficiales, una dentro de otra:
| Nivel | Qué recoge | Norma |
|---|---|---|
| Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial | Especies que merecen una protección particular | Decreto 23/2012, de 14 de febrero (Anexo X) |
| Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas | Las del Listado que además están amenazadas, clasificadas por categorías | Creado por la Ley 8/2003 (art. 25); hoy integrado en el Listado |
De ahí sale la regla que más se pregunta: toda especie del Catálogo está en el Listado, pero no todas las del Listado están en el Catálogo. Y la ley define «especie silvestre amenazada» justo así: la que figura en el Catálogo Andaluz (art. 2.d). Que una especie no se pueda cazar no la convierte en amenazada.
Para el cazador hay una consecuencia directa: ninguna especie del Listado puede ser cinegética (Reglamento de caza, art. 2.3).
Los grupos que gestiona la Junta
La ley permite aprobar planes conjuntos para especies que comparten hábitat, requisitos o amenazas (art. 27.2). Andalucía agrupa así varias especies amenazadas, y el examen pregunta qué especie va con qué grupo.
Aves esteparias. Avutarda, sisón, ganga ibérica y ganga ortega, y con ellas el aguilucho cenizo. Viven en llanuras cerealistas y pastizales, y las amenazan los cambios agrícolas, los agroquímicos y los tendidos eléctricos.
Aves necrófagas. Quebrantahuesos, alimoche, buitre negro y milano real, que comen carroña total o parcialmente. Su mayor amenaza es el veneno, seguido de los tendidos eléctricos y los aerogeneradores.
Aves de humedal. Malvasía cabeciblanca, cerceta pardilla, porrón pardo y focha moruna, entre otras. Viven en lagunas y marismas, a menudo junto a especies cazables muy parecidas.
Lince ibérico y águila imperial ibérica. Tienen planes propios, y comparten dependencia: los dos viven del conejo.
Amenazadas que no son aves
- Cangrejo de río autóctono (Austropotamobius pallipes): en peligro de extinción. Ha desaparecido de muchos ríos por la afanomicosis, una enfermedad que le transmite el cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii), que la resiste.
- Tortuga mora (Testudo graeca): en peligro de extinción. La amenazan la pérdida de hábitat y la recogida como mascota. Cogerla o tenerla en casa está prohibido.
- Salinete (Aphanius baeticus), un pequeño pez: en peligro de extinción según la propia Ley 8/2003 (Anexo II).
Por qué le importa al cazador
Porque varias amenazadas tienen una «gemela» cazable. El porrón pardo, en peligro de extinción, se confunde con el porrón común; la cerceta pardilla, con la cerceta común; la focha moruna, con la focha común. Ante la duda en un puesto de acuáticas, no se dispara.
En el examen: si una opción dice que el Listado está dentro del Catálogo, que el Listado recoge las especies cazables o que las dos listas no comparten especies, es falsa. «Amenazada» no significa «no cazable»: significa «incluida en el Catálogo». Y ojo con los grupos cruzados: perdiz, codorniz y tórtola son cazables, no esteparias amenazadas; focha moruna, porrón pardo y malvasía son de humedal; buitre negro, alimoche y quebrantahuesos, necrófagas.
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