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Preguntas de práctica: Las prohibiciones existen para que la pieza conserve su defensa
11 preguntas sobre este asunto, con la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 11 · Limitaciones, prohibiciones e infracciones.
Preguntas de práctica, no del examen. La Junta de Andalucía no publica las preguntas que pone cada tribunal. Estas las hemos escrito sobre el programa oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.
Lee la explicación desarrollada en el temario →
301¿En qué horario está permitido cazar, como regla general?
- A. Desde la salida del sol hasta su puesta
- B. Desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta correcta
- C. Desde las 7:00 hasta las 20:00 en toda Andalucía
- D. Desde media hora antes de la salida del sol hasta media hora después de su puesta
Por qué: La Ley prohíbe cazar fuera del periodo entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, salvo las modalidades nocturnas autorizadas, como el aguardo nocturno del jabalí. Incumplirlo es infracción grave. (Ley 8/2003, arts. 55.1.g y 77.25)
302¿Qué son los llamados «días de fortuna»?
- A. Los días festivos en que se permite excepcionalmente cazar en terrenos que no son cinegéticos
- B. Los primeros días de la temporada, cuando más caza hay en el coto
- C. Los días de sorteo de los puestos de una montería entre los cazadores
- D. Días en que un incendio, inundación o epizootia deja a la caza sin defensas y concentrada correcta
Por qué: Son días en que, por incendios, epizootias, inundaciones, sequías u otros accidentes, las piezas pierden sus defensas normales y se concentran en ciertos lugares. Cazar entonces es aprovecharse de su desgracia: está prohibido y es infracción muy grave. (Ley 8/2003, arts. 55.1.d y 78.2)
303¿Cuándo está prohibido cazar con nieve?
- A. Nunca: la nieve facilita el rastreo y el cobro de las piezas
- B. Solo cuando la capa de nieve supere los veinte centímetros de espesor
- C. Solo en la caza menor; en la caza mayor está siempre permitido
- D. Cuando cubra el suelo de forma continua o reste defensas a la caza correcta
Por qué: La Ley prohíbe cazar cuando la nieve cubra el suelo de forma continua o merme la defensa de las piezas. La excepción es la caza de alta montaña: el Reglamento permite autorizar el rececho de cabra montés en días de nieve en esos terrenos. (Ley 8/2003, art. 55.1.e; Decreto 126/2017, art. 81.1.a.6.º)
304¿Qué es la «línea de retranca» en monterías, ganchos y batidas?
- A. La situada a menos de 1.000 m de las líneas de puestos más próximas correcta
- B. La línea de puestos más cercana a la mancha que se va a batir
- C. El camino por el que entran las rehalas a la mancha
- D. La línea de puestos situada a más de 1.000 metros de la mancha batida
Por qué: Se llama retranca a la línea situada a menos de mil metros de las líneas más próximas de puestos en monterías, ganchos o batidas, para aprovechar la caza que huye. Está prohibida, y cazar desde ella con armas de fuego es infracción grave. (Ley 8/2003, arts. 55.1.h y 77.13)
305En el ojeo de caza menor, ¿a qué distancia tras la línea de puestos se considera línea de retranca, prohibida?
- A. A menos de 100 metros
- B. A menos de 250 metros
- C. A menos de 500 metros correcta
- D. A menos de 1.000 metros
Por qué: Para el ojeo, el Reglamento fija la retranca a menos de 500 metros tras la línea más próxima de puestos, y obliga al coto organizador a comunicar la cacería a los colindantes. Los 1.000 metros de la Ley son para monterías, ganchos y batidas. (Decreto 126/2017, art. 90.1.b)
306¿Cuál de estas conductas con palomas prohíbe la Ley 8/2003?
- A. Tirarles a menos de 50 m de sus bebederos o dormideros habituales correcta
- B. Tirarles desde un puesto fijo con ayuda de cimbeles, en terreno de coto
- C. Cazarlas en la media veda, cuando la orden de vedas lo permite
- D. Cazar paloma bravía en un coto con plan técnico
Por qué: La Ley prohíbe tirar a las palomas a menos de 50 metros de bebederos o dormideros habituales y a menos de 1.000 metros de un palomar señalizado, así como a mensajeras y buchonas con sus marcas. Los cimbeles y la media veda son legales. (Ley 8/2003, art. 55.1.k)
307¿Durante cuánto tiempo antes del inicio de la media veda está prohibido aportar grano u otros atrayentes que faciliten la caza?
- A. Quince días
- B. Treinta días correcta
- C. Sesenta días
- D. No hay ninguna limitación
Por qué: El Reglamento prohíbe aportar granos, atrayentes o reclamos que faciliten capturar las especies de media veda durante los treinta días anteriores a su inicio. Es una forma de atraer la caza con engaño, prohibida también por la Ley. (Decreto 126/2017, art. 90.1.f; Ley 8/2003, art. 55.1.l)
308¿Qué es el «portil», prohibido en la caza de la perdiz?
- A. El puesto de caza de quien practica la perdiz con reclamo
- B. La pantalla protectora obligatoria entre los puestos de un ojeo
- C. Un ojeo que agota a las perdices o las agrupa en ciertos lugares correcta
- D. El reclamo de hembra de perdiz, prohibido en la modalidad
Por qué: El Reglamento prohíbe el ojeo de perdiz por el sistema conocido como portil, que consiste en aprovechar el cansancio de las piezas o agruparlas en terrenos concretos para abatirlas. Rompe el equilibrio entre cazador y pieza. (Decreto 126/2017, art. 90.1.c)
309En un puesto fijo de caza menor, ¿qué tipo de reclamo se puede usar?
- A. Un reclamo manual accionado por aire, de tipo fuelle o pito correcta
- B. Un altavoz con la grabación del canto de la especie
- C. La reproducción del canto desde el teléfono móvil
- D. Un ave viva de una especie no cinegética
Por qué: Se prohíben los reclamos eléctricos o mecánicos, incluidas las grabaciones de móviles, y los de especies no cinegéticas vivas o naturalizadas. La única excepción son los reclamos manuales de aire, tipo fuelle o pito, en los puestos fijos de caza menor. (Decreto 126/2017, art. 90.1.g; Ley 8/2003, Anexo I.A.3.º)
310¿Cuál de estos medios de captura está prohibido por la Ley 8/2003?
- A. El arco con la potencia reglamentaria
- B. Los perros de muestra
- C. El rifle con visor en una montería
- D. Los lazos y los cepos correcta
Por qué: El Anexo I de la Ley prohíbe los lazos, anzuelos, cepos y trampas, por ser medios masivos o no selectivos que capturan cualquier animal. Arcos, perros y visores en caza mayor están permitidos en las condiciones del Reglamento. (Ley 8/2003, art. 8 y Anexo I.A.1.º)
311¿En qué franja horaria prohíbe el Reglamento cazar tórtolas y palomas?
- A. Desde el mediodía hasta el ocaso
- B. Desde una hora antes del ocaso hasta el orto correcta
- C. Desde el orto hasta una hora después
- D. En ninguna: no tienen una limitación horaria propia
Por qué: Para proteger sus dormideros, el Reglamento prohíbe cazar tórtolas y palomas desde una hora antes del ocaso hasta el orto, más restrictivo que el horario general. La Consejería puede fijar otras limitaciones y delimitar dormideros con distancias propias. (Decreto 126/2017, art. 90.1.e)