¿Puedo cazar en Andalucía con la licencia de otra comunidad?
Con la autonómica de otra comunidad, no. Sí con la interautonómica (70 €, un año, diez comunidades), o homologando tu examen para sacar la andaluza sin repetirlo.
La respuesta corta es que tu licencia autonómica no cruza la frontera: la de Extremadura no vale en Andalucía igual que la andaluza no vale en Extremadura. Lo que sí viaja es el examen. Hay cuatro caminos y conviene no confundirlos.
1. La licencia interautonómica
70 €, un año desde la expedición, y sirve en diez comunidades: Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Asturias y Murcia. Incluye la básica en todas sus modalidades y la rehala. Andalucía es firmante originaria del convenio, de febrero de 2026.
Dos avisos: no admite ninguna bonificación —ni el 30 % de 2026, ni el 50 % de menores, ni el 10 % por pago electrónico— y para pedirla hace falta estar inscrito en el Registro andaluz, es decir, tener NIR. Si eres cazador nuevo, tienes que haber aprobado la prueba de aptitud en una comunidad firmante.
2. Homologar tu habilitación y sacar la andaluza
Si aprobaste el examen o un curso en otra comunidad, presentas el certificado por el procedimiento 25942, te inscriben en el Registro con tu NIR y ya sacas la licencia andaluza sin volver a examinarte. La condición está en el artículo 78.2 del Reglamento: el sistema de origen tiene que ser homologable, o sea, un curso con prueba presencial o un examen presencial. No valen los certificados obtenidos por convenios con comunidades que no tengan pruebas de aptitud semejantes.
3. La autorización excepcional, para venir unos días
- Es el procedimiento 758, para quien viene de una comunidad o un país sin sistema homologable.
- Se pide con al menos 15 días hábiles de antelación, con el justificante de la licencia temporal (28,29 €), el certificado de tu licencia en vigor, una declaración de no inhabilitación y la relación de cotos, modalidades y fechas.
- Vale 15 días naturales como máximo y no da derecho a la licencia andaluza.
- Para campeonatos oficiales el plazo baja: se pide con 10 días y vale como máximo dos días.
Ojo con un dato que circula mal. Las preguntas frecuentes del portal ambiental de la Junta todavía hablan de «veinte días» de antelación. El Reglamento y la ficha del procedimiento dicen 15 días hábiles. Manda el Reglamento.
4. La licencia temporal «bajo tutela»
Es nueva, del Decreto-ley 2/2026. La pide por internet un tutor mayor de edad con licencia de caza y de armas, que acompaña al visitante y responde de él. Está pensada para invitados puntuales que no van a tramitar nada.
Y un límite que pilla a los extranjeros: sin NIE no se puede sacar la licencia andaluza. Quien tiene NIR pero no quiere NIE se queda en las licencias temporales de 15 días.
Si acabas sacando la andaluza, mira antes los tipos y el precio en cuánto cuesta y el trámite en la guía de la licencia de Andalucía.
Fuentes: convenio de la licencia interautonómica (BOE-A-2026-5597) · Decreto 126/2017, art. 78 · Decreto-ley 2/2026 · procedimiento 25942 · Junta · tipos de licencia.