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La pieza es tuya desde que muere, pero no siempre puedes ir a buscarla
Tema 18 · Comportamiento y ética del cazador — Propiedad de las especies de caza; La protección de los cultivos y el ganado; La conducción todoterreno; La prevención de incendios.
Cuándo es tuya una pieza
El art. 9 de la Ley 7/2003 lo resuelve con una idea jurídica antigua: la ocupación. Si cazas cumpliendo la ley, la pieza pasa a ser tuya en el momento en que muere o la capturas (9.1).
¿Y si la hieres y se mete en otro terreno?
- Tienes derecho a cobrarla, aunque entre en propiedad ajena, siempre que la hirieras donde podías cazar (9.2).
- Si ese terreno está cercado o acotado, necesitas permiso del dueño, del titular del coto o de su representante.
- Quien te niegue el permiso tiene que entregarte la pieza, herida o muerta, si aparece y se puede coger.
- Excepción útil: en un coto, si es caza menor, puedes entrar sin permiso cuando vas solo, sin arma ni perro, y la pieza está a la vista desde la linde (9.3).
Entrar a por esa pieza con el arma lista o con perros es infracción leve (art. 99.13).
Si hay duda sobre de quién es, mandan primero los usos y costumbres del lugar. Si no los hay, la ley distingue (9.4):
| Tipo de caza | Se la queda |
|---|---|
| Caza menor | Quien le dio muerte |
| Caza mayor | Quien le hizo la primera sangre |
Cultivos y ganado
La caza convive con la agricultura, y la ley da herramientas a los dos lados (art. 55):
- En huertas, frutales, olivares, viñedos, regadíos y montes recién repoblados, la Consejería puede limitar o prohibir la caza en ciertas épocas por razones agrícolas o meteorológicas.
- Si las piezas de caza dañan una finca, la Consejería puede autorizar a su dueño, a petición suya, a tomar medidas extraordinarias de caza dentro de ella.
Los perros de pastor también tienen sus reglas: deben estar siempre bajo la vigilancia y al alcance del pastor, para que no molesten ni dañen a la caza (art. 47.6).
El todoterreno
Las pautas del manual:
- No salir de las pistas: las rodadas dañan el suelo y la vegetación.
- No circular por cortafuegos.
- Sin claxon, que molesta a la fauna y a la gente.
- Velocidad moderada: es más seguro, estropea menos la pista y levanta menos polvo, que perjudica a las plantas de los bordes. Y frenar al cruzarte con excursionistas.
- Llevar matachispas en el escape y un extintor.
Recuerda que disparar desde un vehículo a motor está prohibido (art. 46.3.i), igual que usarlo para ocultarte (art. 43.10).
Incendios
En una región seca como Murcia, un descuido basta. Lo que toca al cazador:
Para no provocarlo
- No tirar al monte colillas, cerillas ni cristales.
- Hacer fuego solo en áreas recreativas con barbacoas preparadas, y dejarlo apagado del todo. Una quema de rastrojos necesita permiso.
- El manual cita la prohibición de hogueras para calentarse a menos de 400 metros del monte. La orden de vedas remite a las normas regionales de prevención de incendios, que hay que respetar.
Si ves un incendio
- Llama enseguida al 112 y da tu ubicación lo más exacta posible.
- Ponte en un lugar seguro. No vayas hacia el fuego: si quieres ayudar, acude a donde se organicen los voluntarios.
Si el fuego te alcanza
- Busca la zona ya quemada, saliendo por los flancos del fuego y contra el viento.
- Nunca subas ladera arriba ni te refugies en lo alto de un cerro: el fuego sube mucho más rápido que tú.
- No cruces zonas de humo o llamas. Si la situación se complica, túmbate en el suelo y tápate boca y nariz con una tela húmeda.
- Al salir, sin correr, pisando terreno firme.
En el examen: la pieza es tuya desde que muere (ocupación). Caza menor en coto: entrar solo, sin arma ni perro, si se ve desde la linde. En caso de duda, caza menor para quien la mata; caza mayor, para la primera sangre. Todoterreno: ni fuera de pista ni por cortafuegos. Incendio: 112, zona quemada, contra el viento y nunca cuesta arriba.
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