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Preguntas del examen: Aprovechamiento intensivo: las cacerías de suelta

Las 7 preguntas del cuaderno oficial sobre este asunto, con la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 2 · Regulación de la caza.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 139En los cotos privados de caza que cuenten con una superficie igual o superior a 250 hectáreas y no tengan contemplada la caza a través de sueltas en la Resolución por la que se aprueba el Plan de Aprovechamiento Cinegético, podrá realizarse de forma excepcional y previa autorización de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, una cacería de suelta por cada 250 hectáreas, con:

    • A. 8 cazadores.
    • B. 14 cazadores. correcta
    • C. 16 cazadores.

    Por qué: Cuando la suelta no figura en la Resolución del Plan de Aprovechamiento, la autorización es excepcional y tasada: una cacería por cada 250 hectáreas y un máximo de 14 cazadores, cifra inferior a la admitida en cotos comerciales.

  2. 140En los cotos comerciales de caza podrán llevar a cabo las cacerías con animales procedentes de suelta un máximo de:

    • A. 8 cazadores.
    • B. 14 cazadores.
    • C. 16 cazadores. correcta

    Por qué: Los cotos comerciales de caza están concebidos para el aprovechamiento intensivo con animales de suelta, por lo que admiten un cupo mayor de participantes: hasta 16 cazadores por cacería.

  3. 141Quiero organizar cacerías de suelta en mi coto de caza de 2.000 hectáreas y no viene contemplada esta actividad en la Resolución por la que se aprueba el Plan de Aprovechamiento Cinegético. Me podrán autorizar como máximo:

    • A. 2 cacerías con la suelta de 1.200 ejemplares como máximo.
    • B. 4 cacerías con la suelta de 1.200 ejemplares como máximo. correcta
    • C. 6 cacerías con la suelta de 600 ejemplares como máximo.

    Por qué: Al no estar prevista la suelta en la Resolución del Plan, la autorización es excepcional y limitada: para una finca de esa superficie el máximo autorizable son 4 cacerías y 1.200 ejemplares soltados en total.

  4. 142Si voy a organizar una suelta autorizada de codorniz en mi coto con el fin de cazarlas con perro de muestra podré hacerlo con:

    • A. Codorniz común (Coturnix coturnix) o codorniz japonesa (Coturnix japonica).
    • B. Exclusivamente con codorniz común (Coturnix coturnix). correcta
    • C. Con cualquier codorniz siempre que me den la guía de traslado correspondiente en la granja que las compre.

    Por qué: Solo se admite la codorniz común (Coturnix coturnix). La japonesa (Coturnix japonica) es alóctona e hibrida con la autóctona, y la Ley 42/2007 prohíbe la suelta de especies exóticas; la guía de traslado no legaliza su suelta.

  5. 143En los cotos en los que se recoja la modalidad de caza mediante suelta en la Resolución por la que se aprueba su Plan de Aprovechamiento Cinegético solo será necesario comunicar a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente la realización de esta actividad, que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en dicho Plan:

    • A. Con al menos 15 días hábiles de antelación.
    • B. Con al menos un mes de antelación.
    • C. Con al menos 10 días hábiles de antelación. correcta

    Por qué: Si la suelta ya está recogida en la Resolución que aprueba el Plan de Aprovechamiento, basta una comunicación previa a la Consejería con al menos 10 días hábiles de antelación, sin necesidad de nueva autorización.

  6. 144El período en que se podrán realizar las cacerías con animales procedentes de suelta en cotos comerciales de caza será el comprendido entre:

    • A. El día 15 de septiembre y el día 15 de marzo del siguiente año, ambos incluidos. correcta
    • B. El día 15 de septiembre y el día 15 de abril del siguiente año, ambos incluidos.
    • C. El día 15 de octubre y el día 15 de marzo del siguiente año, ambos incluidos.

    Por qué: Las cacerías con animales procedentes de suelta en cotos comerciales solo pueden realizarse entre el 15 de septiembre y el 15 de marzo del año siguiente, ambos incluidos, quedando fuera el periodo reproductor.

  7. 145¿Cualquier batida, montería o gancho que quiera realizarse debe comunicarse a la Consejería competente en materia de medio ambiente?

    • A. No, no es obligatorio.
    • B. Sí, con al menos 10 días hábiles de antelación. correcta
    • C. Si, con al menos 10 días hábiles de antelación y quedando a la espera de la autorización por parte de la Administración.

    Por qué: Las modalidades colectivas de caza mayor están sujetas a comunicación previa, no a autorización: basta notificarlas a la Consejería con al menos 10 días hábiles de antelación para permitir el control y la vigilancia.

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