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title: "Nueve figuras de protección · Extremadura"
url: https://cazaporlibre.es/extremadura/temario/nueve-figuras-de-proteccion-y-en-solo-una-se-discute-si-se-caza/
description: "Nueve figuras de protección, y en solo una se discute si se caza. Tema 2 del examen del cazador de Extremadura (protección y conservación de la naturaleza)…"
language: es-ES
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# Nueve figuras de protección, y en solo una se discute si se caza

**Tema 2 · Protección y conservación de la naturaleza** — Las categorías de espacios naturales protegidos; La caza dentro de los espacios protegidos.

Un **espacio natural protegido** es una zona del territorio extremeño declarada como tal por la Ley 8/1998 por lo que tiene de representativo, singular, raro, frágil o interesante. La declaración trae consigo un régimen de protección para su diversidad biológica y para los recursos naturales y culturales asociados. Y una consecuencia dura: dentro de un espacio protegido **los ordenamientos sectoriales se subordinan a la conservación**. También la caza.

### Las nueve categorías

El artículo 16 de la Ley 8/1998 fija la tipología. Son nueve, ni más ni menos:

| Categoría | En una línea |
|---|---|
| **Parques Naturales** | Áreas poco transformadas, de valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos que merecen atención preferente |
| **Reservas Naturales** | Protegen ecosistemas, comunidades o elementos biológicos raros, frágiles, importantes o singulares |
| **Monumentos Naturales** | Espacios pequeños o elementos de notoria singularidad, rareza o belleza; también formaciones geológicas y yacimientos paleontológicos |
| **Paisajes Protegidos** | Lugares merecedores de protección por sus valores estéticos y culturales |
| **Corredores Ecológicos y de Biodiversidad** | Elementos del paisaje que dan continuidad espacial a enclaves valiosos: ríos, cadenas montañosas, sotos, estanques |
| **Parques Periurbanos de Conservación y Ocio** | Cerca de los pueblos; se declaran a instancia de las entidades locales |
| **Lugares de Interés Científico** | Espacios pequeños y aislados; su protección puede ser **temporal** |
| **Árboles Singulares** | Ejemplares o grupos de árboles, **autóctonos o no**, por edad, tamaño, historia, belleza o valor cultural |
| **Corredores Ecoculturales** | Cañadas y vías pecuarias; no se autoriza la circulación rodada salvo excepciones |

🔴 **Aquí el manual de 2009 te va a confundir.** Su lista incluye las **Zonas Especiales de Conservación** como si fueran una categoría más. Ya no lo son: el artículo de la Ley 8/1998 que hablaba de ZEPA, ZEC y LIC está **suprimido**, y la Red Natura 2000 se regula aparte, en la Ley 2/2023. Manda la ley vigente.

Dos detalles de los que caen. Las **Zonas Periféricas de Protección** sirven para evitar impactos ecológicos o paisajísticos que vengan de fuera, y ojo a cómo lo dice la ley: **pueden** tenerlas, no las llevan por obligación, y no son solo dos figuras sino **seis** —parques naturales, reservas naturales, monumentos naturales, paisajes protegidos, zonas de interés regional y corredores ecológicos—, según lo que diga su norma de declaración (art. 11.2 de la Ley 8/1998). Y los **Corredores Ecoculturales** son la vía pecuaria: si una pregunta habla de cañadas, va por ahí.

### La Red de Áreas Protegidas

Los espacios naturales protegidos **y las zonas de la Red Natura 2000** declarados en Extremadura configuran juntos una **Red**, representativa de los principales sistemas naturales de la región y dotada de instrumentos de gestión. Debe asegurar la coordinación entre espacios y contribuir al desarrollo socioeconómico de sus comarcas. Los criterios para configurarla son la **singularidad, la rareza y la representatividad**, con atención especial a los **endemismos** y a lo que esté en peligro de extinción.

### ¿Se puede cazar dentro?

Esta es la pregunta del epígrafe, y la respuesta ha cambiado.

El artículo 17.3 de la Ley 8/1998 dice hoy que **en los Parques Naturales no se permitirá el ejercicio de la caza, salvo** que se autorice y regule expresamente **en sus instrumentos de planificación, manejo y gestión**, o cuando por razones de orden **biológico, técnico o científico** el órgano competente en medio ambiente conceda autorización.

Es decir: la regla general sigue siendo que no se caza, pero existen **dos puertas**, no una. El manual de 2009 solo recoge la segunda —la autorización por razones biológicas, técnicas o científicas— y presenta la prohibición como permanente. La vía del PRUG y demás instrumentos de gestión no aparece en él. Si una respuesta dice «prohibida con carácter permanente y sin excepción», está copiando el manual viejo.

En las **Reservas Naturales** el régimen es más estricto todavía: la explotación de recursos está limitada salvo que sea compatible con lo que se quiere proteger, y con carácter general está prohibida la recolección de material biológico o geológico salvo autorización por investigación o educación.

> **En el examen:** **nueve** categorías en el artículo 16, y la ZEC **ya no es una de ellas**. las **Zonas Periféricas de Protección** son **potestativas** («podrán contar»), las puede tener **seis** figuras distintas y sirven para frenar impactos que vienen **del exterior**. Los Árboles Singulares pueden ser **autóctonos o no**. Los Corredores **Ecoculturales** son las vías pecuarias. En **Parques Naturales** la caza **no se permite salvo** que la autoricen sus instrumentos de gestión o medie autorización por razones biológicas, técnicas o científicas.

[Practica las 10 preguntas de este epígrafe, con su explicación →](https://cazaporlibre.es/extremadura/preguntas/nueve-figuras-de-proteccion-y-en-solo-una-se-discute-si-se-caza/)

[← La conservación se legisla en tres pisos: Europa, España y Extremadura](https://cazaporlibre.es/extremadura/temario/la-conservacion-se-legisla-en-tres-pisos-europa-espana-y-extremadura/)

[La ley de caza también es una ley de conservación →](https://cazaporlibre.es/extremadura/temario/la-ley-de-caza-tambien-es-una-ley-de-conservacion/)

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Fuente: https://cazaporlibre.es/extremadura/temario/nueve-figuras-de-proteccion-y-en-solo-una-se-discute-si-se-caza/ · Contenido gratuito; al citarlo, enlaza a esa dirección.  
Madrid: preguntas, opciones, respuesta correcta y fotografías del *Manual para el examen del cazador · Cuaderno de preguntas*, Federación Madrileña de Caza (edición de enero de 2018; contenidos, diseño y maquetación de Eduardo Pompa Cartas, forestcaza.com). Castilla y León: preguntas del manual de la Junta de Castilla y León. Andalucía, Castilla-La Mancha, Galicia, Región de Murcia y Extremadura: la administración no publica preguntas, las de esta web son propias de Caza Por Libre sobre el temario oficial y la norma vigente. Explicaciones y temario: Caza Por Libre. Fotografías de especies: Wikimedia Commons, con su autor y licencia.
