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Sin plan cinegético aprobado, en el coto no se caza

Tema 7 · La gestión de la caza — preguntas 179 a 182, 187 y 196.

Tres niveles de planificación

La Ley 4/2021 ordena la planificación en tres escalones, de más general a más concreto:

InstrumentoAlcance
Estrategia de la Caza de Castilla y LeónToda la comunidad. Orienta, pero no obliga
Planes territoriales y de gestión de especiesUna comarca o un grupo de especies
Planes cinegéticos de cotos y reservasCada terreno cinegético

Cada escalón desarrolla al de arriba, pero solo el último es imprescindible para cazar.

Para qué sirve y quién lo necesita

El plan cinegético de un coto existe para que las especies cinegéticas del coto se aprovechen de forma sostenible y ordenada, a escala local. No busca cazar el máximo en cinco años, ni reducir las poblaciones, ni explotar el coto como un negocio.

Es obligatorio para todos los cotos: de menor y de mayor, grandes y pequeños, hagan o no control de predadores. Sin un plan aprobado y en vigor no se puede cazar en el coto.

Las reglas básicas:

Qué tiene que llevar

Su contenido mínimo lo fija la Orden de 5 de mayo de 1995. Se resume en tres bloques:

BloqueQué incluye
InventarioSituación legal, medio natural, usos del territorio y censo de las especies cinegéticas
PlanificaciónPlan de aprovechamientos (especies, cupos, modalidades, jornadas, tiradas) y plan de mejoras, para cinco años
Plan de caza intensivaSolo si el coto quiere practicarla

Ni bebederos, ni tablillas, ni aspirantes a socio.

La memoria anual

Cerrada la temporada, todos los titulares de cotos deben presentar a la Consejería una memoria de lo cazado y lo hecho, en el plazo de un mes desde que termina la temporada: como la temporada acaba el 31 de marzo, el límite es el 30 de abril.

La caza intensiva

Es la que se practica sobre piezas soltadas en terrenos cinegéticos para cazarlas enseguida o en poco tiempo. La ley la describe con finalidad comercial, y eso la separa de las tiradas de caza menor, que no la tienen.

Tiene que estar siempre prevista en el plan cinegético, que puede autorizarla incluso en periodos o días distintos de los generales. Solo se hace en cuarteles del coto delimitados para ello o en cotos dedicados en exclusiva. Es también el único marco en el que puede autorizarse cazar la perdiz con reclamo.

En el examen: el plan es obligatorio para todos los cotos, y la memoria anual la presentan todos los titulares; la opción de «solo los de más de 3.000 hectáreas» o «solo los de mayor» es siempre falsa. El contenido mínimo es inventario, planificación y plan de caza intensiva si se va a hacer. La caza intensiva no es la que cuesta esfuerzo ni la que dura de sol a sol: es la de piezas liberadas para su captura inmediata, y debe estar siempre en el plan.

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