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Una escopeta sin papeles es un delito; usarla con descuido, una multa del Estado
Tema 11 · Infracciones, sanciones y delitos — Delitos relativos a la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones y explosivos; Infracciones a la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, en los que se hace alusión a la tenencia de armas de fuego.
Delitos de armas: arts. 563 a 570 del Código Penal
Están entre los delitos contra el orden público. Para un cazador, lo importante:
| Artículo | Conducta | Prisión |
|---|---|---|
| 563 | Tener armas prohibidas o armas reglamentadas modificadas sustancialmente | 1 a 3 años |
| 564.1 | Tener armas de fuego reglamentadas sin licencia o permiso | Cortas: 1 a 2 años. Largas (escopeta, rifle): 6 meses a 1 año |
| 564.2 | Lo mismo, con el arma sin marcas o número (o borrados), introducida ilegalmente en España o transformada | Cortas: 2 a 3 años. Largas: 1 a 2 años |
| 566 | Fabricar, comerciar o montar un depósito de armas de fuego reglamentadas o de su munición sin autorización | Promotores: 2 a 4 años. Colaboradores: 6 meses a 2 años |
| 568 | Tener, fabricar, transportar o suministrar explosivos o sustancias inflamables sin autorización | Promotores: 4 a 8 años. Colaboradores: 3 a 5 años |
Tres ideas más:
- Hay depósito cuando se fabrican, comercian o reúnen cinco o más armas de fuego reglamentadas, aunque estén desmontadas (art. 567.3). Con la munición, el juez valora su cantidad y su clase (567.4).
- Si las circunstancias muestran que no pensabas usar el arma con fines ilícitos, el juez puede rebajar la pena un grado (art. 565).
- Además de la prisión, puede imponerse la privación del derecho a tener y portar armas por un tiempo que supera en tres años al de la condena (art. 570).
Las armas de guerra, químicas o nucleares tienen penas mucho mayores (art. 566), pero quedan lejos de la caza.
Ley Orgánica 4/2015, de Seguridad Ciudadana
Cuando la conducta con armas no llega a delito, puede ser infracción de esta ley. No la aplica la Consejería de caza, sino las autoridades de seguridad ciudadana (en las graves y las leves, el Delegado del Gobierno). Lo que dice de las armas:
| Nivel | Conducta | Artículo |
|---|---|---|
| Muy grave | Fabricar, guardar, transportar, comerciar o usar armas reglamentarias, cartuchería o explosivos incumpliendo la normativa o sin la documentación, si se causan perjuicios muy graves | 35.2 |
| Grave | Lo mismo, sin esos perjuicios | 36.12 |
| Grave | Portar, exhibir o usar armas prohibidas, o cualquier arma de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados aunque tengas licencia | 36.10 |
| Leve | No cuidar la documentación de las armas o no denunciar su pérdida o sustracción | 37.8 |
Multas (art. 39):
| Leve | Grave | Muy grave |
|---|---|---|
| 100 a 600 € | 601 a 30.000 € | 30.001 a 600.000 € |
A la multa se puede añadir la retirada de las armas y de sus licencias (art. 39.2.a) y el comiso de lo empleado. Las infracciones prescriben a los 6 meses, al año o a los 2 años, según sean leves, graves o muy graves (art. 38): plazos distintos de los de la Ley de Caza.
Ojo con el «fuera de los lugares habilitados» del 36.10: no convierte en infracción ir al coto con tu escopeta. El traslado de las armas de caza tiene sus propias reglas en la normativa de armas, que se ven en el tema de medios de caza.
En el examen: escopeta sin licencia, prisión de 6 meses a 1 año; arma prohibida, 1 a 3 años. Depósito: cinco o más armas. Sin intención ilícita, el juez rebaja un grado. Uso temerario sin delito: grave, de 601 a 30.000 €. No denunciar la pérdida de la documentación: leve.
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